Buenas tardes colegas. Deseo compartir con ustedes un caso que tengo, recurriendo a su experiencia y saberes para así abordarlo de mejor manera.
Debo hacer una DH, la fallecida estaba legalmente casada pero separada de hecho desde hace 35 años. A su esposo, ella le entregó un poder amplio de disposición y administración de sus bienes [aparentemente no se encontraba en su sano juicio], a cambio el esposo se haría cargo de todas las necesidades básicas de la madre de mis clientas, cosa que jamás ocurrió. Nunca se pidio rendicion sobre la administración de tales bienes. La fallecida se encontraba en estado de indigencia [teniendo bienes para tener un buen nivel de vida]. Mis clientas fueron abandonadas por su madre, por lo que nunca tuvieron vínculo, han tratado de ayudarla pero ella siempre se negó a recibir ayuda.
Hace unos meses la fallecida, firmó el divorcio, el cual no fue presentado por causas que no vienen al caso.
La consulta es la siguiente:
Qué posibilidad hay de excluir al esposo en sus derechos hereditarios en virtud del art. 2437?
De ser viable, debo denunciar al esposo como heredero y en el mismo escrito iniciar solicitar la exclusión? O se solicita al momento de la apertura del sucesorio?
Otra opción para excluirlo puede ser que entre esposos se deben alimentos, a ello le sumamos que él tenía la plena administración de sus bienes. Tengo informes médicos sobre su estado en general [higiene, desnutrición, deshidratacion]. Esta última opción me genera incertidumbre sobre cómo podría afectar a mis clientes
Quedo a la espera de sus respuestas y desde ya agradecido por leer.
Saludos
Debo hacer una DH, la fallecida estaba legalmente casada pero separada de hecho desde hace 35 años. A su esposo, ella le entregó un poder amplio de disposición y administración de sus bienes [aparentemente no se encontraba en su sano juicio], a cambio el esposo se haría cargo de todas las necesidades básicas de la madre de mis clientas, cosa que jamás ocurrió. Nunca se pidio rendicion sobre la administración de tales bienes. La fallecida se encontraba en estado de indigencia [teniendo bienes para tener un buen nivel de vida]. Mis clientas fueron abandonadas por su madre, por lo que nunca tuvieron vínculo, han tratado de ayudarla pero ella siempre se negó a recibir ayuda.
Hace unos meses la fallecida, firmó el divorcio, el cual no fue presentado por causas que no vienen al caso.
La consulta es la siguiente:
Qué posibilidad hay de excluir al esposo en sus derechos hereditarios en virtud del art. 2437?
De ser viable, debo denunciar al esposo como heredero y en el mismo escrito iniciar solicitar la exclusión? O se solicita al momento de la apertura del sucesorio?
Otra opción para excluirlo puede ser que entre esposos se deben alimentos, a ello le sumamos que él tenía la plena administración de sus bienes. Tengo informes médicos sobre su estado en general [higiene, desnutrición, deshidratacion]. Esta última opción me genera incertidumbre sobre cómo podría afectar a mis clientes
Quedo a la espera de sus respuestas y desde ya agradecido por leer.
Saludos