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  • AUDIENCIA DEL 360 CPCC

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 #147164  por ROSANAB
 
HOLA SOY NUEVA EN ESTE PORTAL. LES QUERIA PREGUNTAR SOBRE LA AUDIENCIA DEL 360 DEL CPCC. CUANDO PREVIAMENTE LA PARTE DEMANDADA IMPUGNO A UN TESTIGO. CUANDO RESUELVE EL JUEZ LA IMPUGNACIÒN EN LA AUDIENCIA MISMA LUEGO DE ESCUCHAR A LAS PARTES? DEBE IGUALMENTE EL TESTIGO PRESENTARSE A LA AUDIENCIA POR SI TIENE QUE DECLARAR? GCIAS.

 #147236  por dani_7
 
Hola. Sos abogada? De donde sos?

A la audiencia del 360 no van los testigos.-

 #147242  por Sailaw
 
En la audiencia del 360 se puede discutir todo lo atinente a la pruebas, incluso la impugnación de testigos, el juez resuelve en la misma, (art. 360 inc 5to).

No es que la parte lleve los testigos a esa audiencia, en la misma se fijará fecha para que concurran a prestar declaración.
 #904246  por Mari08
 
buenas tardes foristas...

vi q este tema lo trataron en el 2008. pero hoy me surge una gran duda. es la primera vez q asistire a una audiencia del 360. como es el tema? primero se intenta una conciliacion? y luego? se firman los oficios para producir la preuba informativa? se fija fecha d pericia? es asi...en que consiste...la verdad me siento muy inexperta en el tema...xq nada q ver con el codigo d procedimientos de mi pcia (santa fe)

gracias.

Mari d rosario
 #904380  por andresxeneizes
 
primero se intenta una conciliacion, luego si no se puede se ve que se hace con la confesional (en el caso que se haya desginado la misma), y luego habitualmente el expte pasa a despacho y el juez resuelve sobre las pruebas y alli es donde te ordenara hacer los oficios, sorteara a los peritos, etc