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  • Trabajo en negro: suspensión de tareas

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #145636  por Floresta
 
Queridos colegas:

Estoy iniciando la demanda en Cap. Fed. de un trabajador sin registración que se desempeñaba como empleado de una fotocopiadora que cerraba durante los meses de julio, mediados de diciembre a febrero de cada año.
El trabajador en dichos períodos, pese a promesas falsas de su empleador, no percibió ningún salario por lo que al segundo año que esto sucede durante el cierre de su fuente de trabajo (diciembre a febrero) es contratado por otro empleador que sí lo registra en período de prueba por tres meses. Antes de finalizar el período de prueba, el empleador anterior lo llama a trabajar y mi cliente vuelve a la fotocopiadora.

Cuando el cliente vino a consulta efectué el reclamo por registración indiqué como fecha de ingreso la "primera" sin mencionar ni encuadrar esas etapa en que se desempeñó para otro empleador. Intimé también por los haberes adeudados en esos períodos de cierre de la fotocopiadoras, no prescriptos, así como SAC y vacaciones.

La empleadora directamente desconoció la relación laboral como era de esperar y no se presentó a ninguna de las audiencias de mediación obligatoria.

La cuestión es contemplar cuál es la figura más adecuada invocar en la demanda y anticiparme a que en su defensa la empleadora pruebe esos tres meses laborados por mi cliente bajo otro empleador, de manera que solamente se considere como fecha de ingreso, su "segundo" ingreso. Lo que iría en detrimento de la antigüedad en la relación laboral y claro está en todos los montos indemnizatorios.

Suspensión forzada? Trabajo temporario? Ayuda por favor!! :?

 #145648  por alesuh
 
Pregunto:lo del empelador que lo registró por temporada, fue en último verano??

O trabajo a prueba registrado, luego volvió a trabajar a la fotocopiadora y nuevamente le suspendieron tareas en el próximo verano??

Respecto de la antiguedad Fijate el Art. 18 LCT, va por el tiempo total trabajado bajo relación de dependencia, aún en diferentes períodos, salvo que por el período anterior lo hubiere indemnizado.-

 #145746  por Floresta
 
alesuh escribió:Pregunto:lo del empelador que lo registró por temporada, fue en último verano??

O trabajo a prueba registrado, luego volvió a trabajar a la fotocopiadora y nuevamente le suspendieron tareas en el próximo verano??

Respecto de la antiguedad Fijate el Art. 18 LCT, va por el tiempo total trabajado bajo relación de dependencia, aún en diferentes períodos, salvo que por el período anterior lo hubiere indemnizado.-
Gracias por tu respuesta, explico mejor:

Ingresó a trabajar en la fotocopiadora en marzo 2005, lo dejan sin trabajo 7/2005, 12/2005, 1 y 2/2006, 7/2006 y en 12/2006 consigue trabajo por tres meses donde los registran. Regresa en 03/2007 y el distracto se configura el 09/2007.

Tengo presente que la antiguedad rige, la cuestión es cómo fortalecer la prueba de que la relación de dependencia se inició en marzo de 2005 y nó en marzo de 2007 dado que la inscripción de la relación por otro empleador le da a la demandada el argumento para sostener que para el caso de que el juez valore las pruebas de la relación de dependencia sin registrar como ciertas, lo haga a partir de marzo 2007.

Por eso es que quisiera exponer en la demanda ese período laborado a la orden de otro empleador bajo alguna figura que justifique la continuidad de la relación laboral con la demandada desde la fecha de ingreso denunciada.

¿por favor, alguien tiene alguna sugerencia o considera que no tiene gravedad como para dentenerse en la argumentación y dejar las cosas así a decisión del juez?

Saludos

 #145772  por alesuh
 
Es difícil sin tener conociemiento de toda la prueba que tenes.

Yo lo manifestaría en demanda (lo del trabajo), y trataría de probarlo con testigos y/o alguna otra prueba.-
No hay remitos, facturas, pedidos, notas de créditos, recepciones de pedidos, etc, algo confeccionado por él?, aunque no lo tenga, pero que sepa que está, para pedir informativa o documental en poder de parte.

 #145851  por MORGAN
 
Lo hecho hecho está. No podés cambiar ahora la situación, mandaste telegramas reclamando registración por todo el período sin mencionar receso alguno ahora tenés que aguantarte el chubasco NO lo podés cambiar, ni siquiera se te ocurra mencionar que omitiste tal o cual cosa, ya está. No te anticipés tanto, por ahí ni siquiera te contesta la demanda, y si la contesta es probable que no haga ninguna mención a lo que temés. En el supuesto que conteste y mencione que una de las pruebas irrefutables de que no trabajó para él es la registración por un tercero, ahí está complicado el asunto, podés buscarle la vuelta por el lado de una cesión transitoria del trabajador, pero se te va a poner difícil igual.

 #147262  por Floresta
 
MORGAN escribió:Lo hecho hecho está. No podés cambiar ahora la situación, mandaste telegramas reclamando registración por todo el período sin mencionar receso alguno ahora tenés que aguantarte el chubasco NO lo podés cambiar, ni siquiera se te ocurra mencionar que omitiste tal o cual cosa, ya está. No te anticipés tanto, por ahí ni siquiera te contesta la demanda, y si la contesta es probable que no haga ninguna mención a lo que temés. En el supuesto que conteste y mencione que una de las pruebas irrefutables de que no trabajó para él es la registración por un tercero, ahí está complicado el asunto, podés buscarle la vuelta por el lado de una cesión transitoria del trabajador, pero se te va a poner difícil igual.
Agradesco todas las respuestas y Morgan la tuya es la que más me centra en lo que conviene hacer.

Lo de cesión transitoria no podría probarlo porque la demandada es una fotocopiadora y la empresa que empleó a mi cliente por el perído de prueba era una metalúrgica.

Por eso había pensado en una suspensión de tareas sin goce de sueldo que se producía durante los cierres de la fotocopiadora que sí puedo probar a través de testigos de comercios vecinos y una ex empleada.

Entiendo que no me conviene mencionar que trabajó para otro empleador dado que no lo configuré en el intercambio epistolar y sería adelantarme demasiado.

Muchas Gracias