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  • SUCESIí“N ABIERTA POR ALIMENTANTE NIETO DEL CAUSANTE

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 #147272  por Floresta
 
Hola Colegas:

Tengo que ejecutar una sentencia de alimentos (Cap. Fed.) contra el padre del alimentado que ya se encuentra inhibido y notificado.

No registra ningún bien ni empleo a su nombre.

Hace dos años, en Capital Federal falleció el padre del deudor alimentario siendo éste heredero universal.

Existe un inmueble del causante en Capital y no ha abierto sucesión pero percibe alquileres sobre él, sin que se haya podido probar esto ya que el contrato es entre partes.

Quisiera abrir la sucesión del causante (abuelo) presentando a los menores como acreedores alimentarios del heredero.

1- ¿Cuáles son los extremos que debo demostrar al juez de la sucesión para que me considere acreedor? Por ejemplo,
¿además del testimonio de la sentencia por alimentos, debo demostrar que intimé al heredero a que se presente a abrir la sucesión?
¿Tengo que demostrarle al juez de la sucesión que el heredero no tiene ningún bien registrado?

2-¿Alguien tendría un modelo para esta presentación o similar que se pueda adaptar?

Muchas gracias por la atención

 #147276  por Sailaw
 
Si que podes!!!, la legitimación activa la probas con un testimonio de sentencia de los alimentos, y entras en la sucesión embargando todo incluso los alquileres. una maravilla!!!!

 #147556  por Floresta
 
Sailaw escribió:Si que podes!!!, la legitimación activa la probas con un testimonio de sentencia de los alimentos, y entras en la sucesión embargando todo incluso los alquileres. una maravilla!!!!
:lol: Gracias por su empuje Dr. Sailaw.

Como soy yo quien tengo que abrir la sucesión por mi cliente, la madre del alimentado: ¿en el mismo escrito de inicio pido el embargo?

¿cómo reservo el monto de las cuotas alimentarias devengadas con posterioridad a la sentencia y las que se devenguen hasta el dictado de la declaratoria, dado que el heredero no se ha presentado nunca a pagar? ¿con una nueva sentencia del juez que entiende en los alimentos?

Tema honorarios porque es la primera vez que tengo un caso así:

¿Si llego a la inscripción y tengo que pedir el remate, que monto tomo para regular mis honorarios?

¿Que se acostumbra en estos casos?

Renuevo mi pedido:

¿Alquien me podría enviar un modelo de inicio de sucesión ab intestato por acreedor?

Muchas Gracias.

 #147561  por Sailaw
 
No, el embargo lo solicitas en el alimento, y va dirigido a la sucesión una vez que esta està abierta.