Buenas tardes.
En un juicio de desalojo ya iniciado la abogada anterior que intervino, la que ahora es mi cliente (parte actora, locadora), cursó una CD a su locataria, intimándola que abone los alquileres por un término de 5 días, pese a que el art. 1222 CCYC (que prevé un plazo "no inferior" a 10 días).
Pregunto, porque la demandada, aún no contestó la demanda. QUe hago, curso una nueva CD? esa CD que cursó la envió en diciembre pasado, osea pasaron los 5 dias de la intimación y los 10 días que prevé la norma.
En un juicio de desalojo ya iniciado la abogada anterior que intervino, la que ahora es mi cliente (parte actora, locadora), cursó una CD a su locataria, intimándola que abone los alquileres por un término de 5 días, pese a que el art. 1222 CCYC (que prevé un plazo "no inferior" a 10 días).
Pregunto, porque la demandada, aún no contestó la demanda. QUe hago, curso una nueva CD? esa CD que cursó la envió en diciembre pasado, osea pasaron los 5 dias de la intimación y los 10 días que prevé la norma.