Buenas noches colegas, estoy trabajando con una sucesión y ahora se me surgio una duda con el derecho de representación (art.3549 CCCN) que leo y leo pero el código no me despeja, y me gustaria por favor contar con sus aportes.
El caso es asi: Sr. JUAN, casado con ANA tuvo 2 hijos (PEDRO y PABLO). JUAN falleció en el año 2000. Luego en el año 2008 muere ANA, y en el 2020 muere PABLO. Este último a su vez fallece dejando viuda y 4 hijos.
Ahora viene PEDRO para abrir la sucesión de su padre y me trae una escritura de cesion de derechos gananciales y hereditarios hecha por su madre a su favor; y otra escritura en la que los 4 sobrinos (hijos de PABLO) prestan conformidad a esa cesion de derechos otorgada por la abuela a favor de (su tio) PEDRO.
Si yo estoy entendiendo bien, ANA pudo ceder su 50% de gananciales a PEDRO, pero igualmente a PABLO le hubiere correspondido un 25% de lo que dejó JUAN, entonces los 4 nietos deberían presentarse junto con su tio PEDRO a abrir la sucesión del abuelo (JUAN) en representación de PABLO....estoy bien?????
Aclaro que PABLO no murió antes que su padre (JUAN), sino que falleció mucho despues que aquel, pero no lo heredó porque al momento de su muerte no se habia abierto la sucesión de éste. En este caso los 4 nietos heredan por derecho propio o por representación?
El caso es asi: Sr. JUAN, casado con ANA tuvo 2 hijos (PEDRO y PABLO). JUAN falleció en el año 2000. Luego en el año 2008 muere ANA, y en el 2020 muere PABLO. Este último a su vez fallece dejando viuda y 4 hijos.
Ahora viene PEDRO para abrir la sucesión de su padre y me trae una escritura de cesion de derechos gananciales y hereditarios hecha por su madre a su favor; y otra escritura en la que los 4 sobrinos (hijos de PABLO) prestan conformidad a esa cesion de derechos otorgada por la abuela a favor de (su tio) PEDRO.
Si yo estoy entendiendo bien, ANA pudo ceder su 50% de gananciales a PEDRO, pero igualmente a PABLO le hubiere correspondido un 25% de lo que dejó JUAN, entonces los 4 nietos deberían presentarse junto con su tio PEDRO a abrir la sucesión del abuelo (JUAN) en representación de PABLO....estoy bien?????
Aclaro que PABLO no murió antes que su padre (JUAN), sino que falleció mucho despues que aquel, pero no lo heredó porque al momento de su muerte no se habia abierto la sucesión de éste. En este caso los 4 nietos heredan por derecho propio o por representación?