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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1474201  por benoct
 
Buenos dias consulta. Jubi anticipada, su ultimo aporte fue 03/2020 pero cobro desempleo desde 09/2020 a 01/2022. Entra? o como el requisito es estar desempleado a 06/2021 no entra?
Gracias
 #1474209  por MARIO1943
 
SI, CORRESPONDE JUBILACION ANTICIPADA, YA QUE SE ENCUENTRA DESOCUPADO DESDE MARRZO 2020, EL COBRO DE DESEMPLEO ES UNA CONSECUENCIA DE SU ESTADO DE DESOCUPACION, EL COBRO DE DESEMPLEO NO ES NINGUN TRABAJO ES UN SUBSIDIO
 #1474316  por Elyse2016
 
MARIO1943 escribió: Mar, 30 May 2023, 11:49 SI, CORRESPONDE JUBILACIÓN ANTICIPADA, YA QUE SE ENCUENTRA DESOCUPADO DESDE MARRZO 2020, EL COBRO DE DESEMPLEO ES UNA CONSECUENCIA DE SU ESTADO DE DESOCUPACION, EL COBRO DE DESEMPLEO NO ES NINGUN TRABAJO ES UN SUBSIDIO
Mario como estas?

Retomo este posteo porque tengo una caso de Anticipada donde no me dejan iniciar por el siguiente motivo:

Senor con 63 años de edad al día de hoy, en 2019 le otorgaron una RTI (trasplante de riñón, hoy sigue dializando), lo citaron este año para nueva revisacion y ya convertir el beneficio en RDI y no le dio el porcentaje, enviaron el dictamen a la esposa y se perdió el plazo de apelación por desconocimiento.

Tiene 38 años de aporte, ultimo por supuesto en 2019

Me dice en la UDAI donde inicio que si la denegatoria fue posterior a 30/06/2021 no puede iniciar anticipada, la verdad solo encuentro en la normativa lo siguiente:

ARTÍCULO 8º.- La PRESTACIÓN ANTICIPADA tiene carácter extraordinario, por lo que no corresponde su otorgamiento cuando la persona afiliada tenga derecho a un beneficio de tipo ordinario, sea de Jubilación o Retiro por Invalidez. Una vez otorgada la PRESTACIÓN ANTICIPADA, ésta se extinguirá en el supuesto en que su beneficiario o beneficiaria alcance la edad para adquirir el derecho a las prestaciones establecidas en los incisos a), b) y e) del artículo 17 de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, según corresponda, o se incapacite y tenga derecho al Retiro por Invalidez, o fallezca.

La realidad que el Sr. hoy esta incapacitado pero técnicamente la comisión medica no reconoce porcentaje para darle en forma definitiva el beneficio de RDI

No se que hacer, el Sr. queda super desprotegido, solo tiene cobertura medica hasta agosto, y los remedios son carisimos. La única opcion que me dan en ANSES que seria a mediano o largo plazo es, que vuelva a iniciar RTI o judicialice.

Que me sugueris?, gracias por anticipado !!!!! *flor*