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  • Sucesion- Inscribir certificado defuncion

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 #1474602  por marina2008
 
Buenos días colegas, tengo la siguiente inquietud...en una sucesión presente el certificado de Defunción acompañándo la apostilla que faltaba porque el Causante había fallecido en España. Lo acompaño con un escrito solicitando me autoricen se libre oficio al registro de las personas para su inscripción.
A lo que el juzgado me responde "Agréguele.A lo demás solicitado y von carácter previo, deberá ingresar el timbrado correspondiente".
Hable con el registro y me dijeron que el timbrado implica la inscripción...y acá me trabo..no debería hacerse esta inscripción vía oficio judicial...? Insisto al juzgado que me libren el oficio al registro así se puede inscribir y abono el arancel correspondiente?
Agradecería sus opiniones por favor..desde ya gracias
 #1474614  por legalescom
 
Ante todo: La obligación de registrar las defunciones de ciudadanos argentinos, tanto en el Registro Civil argentino, como en el RENAPER, incluye a aquellas defunciones que se produzcan en el extranjero.
En estos casos, los interesados pueden gestionar el registro de dicho fallecimiento directamente ante el Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires, o bien solicitar la inscripción consular de la Partida de Defunción en el Libro del Registro Civil de este Consulado General, que diligenciará posteriormente el registro del fallecimiento tanto en el Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires como en el RENAPER.
1.- PAGO DEL ARANCEL CONSULAR
Arancel consular aplicable (apartado 6.1.1, Dec. 266/2000 y modificatorios): EUR 40,00.-
Se deberá abonar el arancel consular mediante depósito bancario en la siguiente cuenta del BBVA:
Número de Cuenta: 0182-1797-30-0291503790 | IBAN: ES7401821797300291503790
IMPORTANTE: al realizar el ingreso, debe indicar en el campo "concepto": DEFUNCION + APELLIDO (ejemplo: "DEFUNCION LÓPEZ").

Por lo tanto, solicitá el desglose, de la partida de defunción, agregada al expediente, para proceder, en forma directa, a inscribirla ante el Registro Nacional de las Personas y/o Registro Civil de la Ciudad de Bs. As., por tu cuenta.