Buenos días colegas, tengo la siguiente inquietud...en una sucesión presente el certificado de Defunción acompañándo la apostilla que faltaba porque el Causante había fallecido en España. Lo acompaño con un escrito solicitando me autoricen se libre oficio al registro de las personas para su inscripción.
A lo que el juzgado me responde "Agréguele.A lo demás solicitado y von carácter previo, deberá ingresar el timbrado correspondiente".
Hable con el registro y me dijeron que el timbrado implica la inscripción...y acá me trabo..no debería hacerse esta inscripción vía oficio judicial...? Insisto al juzgado que me libren el oficio al registro así se puede inscribir y abono el arancel correspondiente?
Agradecería sus opiniones por favor..desde ya gracias
A lo que el juzgado me responde "Agréguele.A lo demás solicitado y von carácter previo, deberá ingresar el timbrado correspondiente".
Hable con el registro y me dijeron que el timbrado implica la inscripción...y acá me trabo..no debería hacerse esta inscripción vía oficio judicial...? Insisto al juzgado que me libren el oficio al registro así se puede inscribir y abono el arancel correspondiente?
Agradecería sus opiniones por favor..desde ya gracias