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  • Prueba de la relación en negro

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #139486  por fabiandd
 
Estimada gente:
Les agradecería me aporten alguna idea de como probar una relación en negro y que camino tomar. El tema es así: mi cliente ingresa a trabajar en enero y antes de que se cumplan los tres meses lo despiden verbalmente. Intentó ingresar y le fue negado el ingreso. Luego de eso viene a la consulta. Gracias de antemano.
 #139516  por leodiablo
 
fabiandd escribió:Estimada gente:
Les agradecería me aporten alguna idea de como probar una relación en negro y que camino tomar. El tema es así: mi cliente ingresa a trabajar en enero y antes de que se cumplan los tres meses lo despiden verbalmente. Intentó ingresar y le fue negado el ingreso. Luego de eso viene a la consulta. Gracias de antemano.
Prueba de Testigos: Desde mi inexperiencia, creo que la prueba depende de la actividad que realice, si es al publico, si tiene compañeros, si existe portero en el lugar, o si habla con alguien de lugar (vecino)..., si realiza compras para la empresa en algun lugar..., si habla por telefono con proveedores, si manda mail desde la direccion de la empresa firmando o presentandose con su nombre de pila. (osea todo tipo de testigos que puedan decir que tu cliente trabao ahi desde x fecha, o que entraba a x hora todos los dias y salia a x hora...

Instrumental: Si usa ropa de trabajo con logos de la empresa, si hay algo que le dio la empresa o su empleador a tu cliente con el nombre, razon social, logotipo, cuit, fotos.

Seguramente alguien con experiencia pued aportar cosas mas valiosas...

Igualmente, me imagino que antes de todo esto habrás intimado a que el empleador aclare situación laboral....

ya que imagino que aun no paso el periodo de prueba (3 meses), y que si sumado a que tu cliente no esta correctamente registrado le corresponde
INDEMNIZACION SUSTITUTIVA DEL PREAVISO x 1 mes +
INTEGRACION DEL MES DE DESPIDO.

Lo que no se es si tambien dentro del periodo de prueba hay que intimar a que regularice la registracion antes del despido o si no hace falta....

Asi que sería bueno que alguien que sepa del tema te oriente mejor.

Saludos.

 #139535  por fabiandd
 
Gracias, leodiablo, no querés hacerme el telegrama jaja
El caso recien lo tengo en la mano. El preaviso es por 15 dias y creo que la integracion del mes de despido no va.
Te agradezco mucho tus aportes, creeme que me han resultado muy útiles.

 #139546  por leodiablo
 
fabiandd escribió:Gracias, leodiablo, no querés hacerme el telegrama jaja
El caso recien lo tengo en la mano. El preaviso es por 15 dias y creo que la integracion del mes de despido no va.
Te agradezco mucho tus aportes, creeme que me han resultado muy útiles.
Cuando no hay registracion o es defectuosa, se tiene que el empleador renuncio al periodo de prueba trnsformandose en uno a tiempo indeterminado, por eso se paga el P. Omitido por 1 mes (y no por 15 dias) y si se paga tambien la integracion (que en un periodo de prueba normal no se paga)

Ya te digo, lo que no se es si era neecsario intimar antes del despido a la correcta registraciòn o si en este caso no es necesario.

Con respecto a lo de el telegrama, no soy abogado todavia, y la verdad es que tengo muy poca experiencia en redactar escritos, y tengo cuiqui que si te digo algo sea perjudicarte, sino no tengo problemas en ayudarte....

seguramente mucha de la gente que escribe acá te va a poder dar una mano.

 #147161  por Elibeth
 
Muy buena tu respuesta, leodiablo me aclaró el tema también a mí. Gracias.

 #147246  por dani_7
 
Como dijeron arriba en este caso no hay periodo de prueba, por lo que yo intimaría a que regularice por la 24013, si me equivoco que me corrijan.-

 #147288  por Maia
 
La registración de la relación laboral tiene que hacerlo desde el ingreso del trabajador (es mas, el alta temprana se debe efectuar antes del cumplimiento de las tareas). Si el despido fue verbal y me imagino no lo intimaron a retomar tareas desde que se fue (supongo esto porque si esta en negro no creo que manden ningún telegrama...) el trabajador debe intimar a la regularización de la relación laboral en el marco de la 24.013, es decir estando vigente la relación (ya que no hay nada que pruebe que está despedido...) , bajo apercibimiento de considerarse despedido por su culpa. Quizás conviene esperar que se cumplan los tres meses desde el comienzo de la relación, por las dudas... Cuando desconozcan la relación laboral se da por despedido y reclama las indemnizaciones y multas correspondientes. Pruebas: si ficha, si firmo algo, si tiene mail, testigos que lo ven entrar y salir, alta de mails, pago de estacionamiento, etc. De todas formas primero viene la audiencia en el seclo (si estás en cap. fed.) asi que para buscar las pruebas tenés tiempo. Saludos
 #147476  por hector mathieu
 
estoy con lo que te aconsejan, intima a regularizar situacion laboral en el marco de la 24013 y envia telegarma ley al AFIP informando. asi causa efectos posteriores la multa y lo que olvidan en los rubros indemnizatorios es el mes del 245 LCT por lo mas que sea un despido Idirecto y el despido verbal es algo que en la realidad de los hechos no existe. Cuando hagas la liquidacion pones haberes no percibidos, vacaciones `proporcionales, SAC proporcional, mes de preaviso y mes de integracion, Sac sobre vacaciones recorda q el mes de preaviso se suma a la antiguedad. reclama primero regularizacion de situacion laboral desd real fecha de ingreso <pone cual fue), el haber percibido y la labor desempeñada. todo so pena de que en el hipotetico caso de no responder o dar respuestas ambiguas, dentro de las 48 horas se considerara despedido por su exclusiva culpa, como no te van a responder ahi te va a habilitar para enviar otro tcl reclamando todos los rubros enumerados y en mes q no fue a trabajar tambien. La relacion no a fenecido por que es verbal (reitero para que no te queden dudas)