Hola Estimado Grupo; estoy con dudas al aplicar la ley de honorarios (27423). Los bienes onsiste en un inmueble de unos U$S 190.000 y dos automóviles uno del 2008 y otro del 2015 con valor aporximado de $ 5.000.000 ambos coches. Ellos acuerdan donar a los hijos la propiedad inmueble y ella se queda con el usufructo vitalicio y los dos automóviles. No se cúanto cobrarles porque pasando todo a valor UMA me da una gran cantidad de UMA según el art. 21 de la ley de honorarios debería aplicar la tabla del 12 al 15% y si bien se le soluciona, de por vida el problema de vivienda y se queda con ambos coches, me parece mucho y por otro lado ella es una persona de un nivel adquisitivo bajo y me lo va a abonar en cuotas de 1 o dos UMA mensuales al valor del UMA al momento de abonar la cuota. ¿cuantó debo pasarle en concepto de mis honorarios? Aguardo sus opiniones y sugerencias. Muchas Gracias
Josefa Otero
Una buena chica conoce sus limites, una mujer inteligente sabe que no tiene ninguno
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