Gracias. Lo busco
Por lo que lei en otros post, depende de cuando obtuvo la PUAM. Creo hubo un decreto o resolucion que impedia
Ahi lo encontré....
01/02/2019
Mediante la Ley 27.467, se dispuso que el goce de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) es incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia o por cuenta propia, excluyendo en este último caso a los contribuyentes del monotributo social.
Circular 19/19 - ANSeS (DP)
Ley 27.260. Decreto 881/16. Pensión Universal para el Adulto Mayor. Reemplaza a la Circular DP 18/19
Buenos Aires, 11 de marzo de 2019
7. El artículo 16 de la Ley N° 27.260, texto según Ley N° 27.467, establece que el goce de la Pensión Universal para el Adulto Mayor es incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia o por cuenta propia, excluyendo en este último caso a los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que estén inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Salud y Desarrollo Social.
Pero si la PUAM ha sido obtenida antes del 03/12/2018 podría perfectamente, porque la LEY se dicto con posterioridad y por ende no afecta a los anteriores