Lo tenés que decidir vos. No es lo que yo haría, porque cada caso es muy distinto y depende de múltiples factores profesionales, técnicos, económicos y humanos.
Hablalo con tu clienta.
Tenés que tener presente, en la decisión, que la Sala 2 tiene un criterio favorable al planteo de este tema en la etapa de ejecución y aunque la confiscatoriedad no sea del 15% (sentencia del 22/4/2021, Expte. Nº: 26689/2004, “FERNANDEZ LAMAS OFELIA c/ ANSES s/EJECUCION PREVISIONAL"; y “Perl, Catalina c/ ANSeS s/Reajustes varios”, Expte. 15908/2011
Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, 7/9/22).
Hablalo con tu clienta.
Tenés que tener presente, en la decisión, que la Sala 2 tiene un criterio favorable al planteo de este tema en la etapa de ejecución y aunque la confiscatoriedad no sea del 15% (sentencia del 22/4/2021, Expte. Nº: 26689/2004, “FERNANDEZ LAMAS OFELIA c/ ANSES s/EJECUCION PREVISIONAL"; y “Perl, Catalina c/ ANSeS s/Reajustes varios”, Expte. 15908/2011
Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, 7/9/22).