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  • Ley 27705. Monotributo no aportante

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1475578  por andre18
 
Hola....buenas tardes, consulta..tengo para liquidar x moratoria ley 27.705, y me trabe con el monotributo no aportante...del 07/2004 hasta hoy...lo dejo asi...no se toca digamos...tiene 1 mes pago en el año 75 y el resto se lo prescribi. Si alguno me puede ayudar. Gracias
 #1475579  por lucky
 
Tenés que declararlo en situación de revista y renunciarlo por art. 1 ley 25323 para que el sistema el día del turno te complete los meses hasta el 12/2008 por la 27705.
 #1475584  por MARIO1943
 
FALTAN DATOS
HOMBRE O MUJER?
EL MONOTRIBUTO NO APORTANTE QUEDA COMO ESTA, TE ESTA DICIENDO QUE ESTA PERSONA TIENE APORTES DESDE EL 7/2004 HASTA LA FECHA, DONDE ESTA APORTANDO YA SEA COMO RR.DD O CAJA PROFESIONAL ETC.
DEL 7/2004 HASTA 12/2008, NO LO PODES PISAR CON MORATORIA
NO SE ENTIENDE CUANDO DECIS TIENE 1 MES PAGO AÑO 75 Y EL RESTO LO PRESCRIBI, QUE PERIODOS SON EL RESTO, PORQUE EN ESA FECHA TIENE QUE TENER PHA Y SI TIENE TENES QUE RELACIONAR LA CUENTA Y LO CARGAS EN FORMA MANUAL ESOS PERIODOS DE AUTONOMOS Y TENDRIA QUE SALIR EL AÑO 1975 PAGO, CASO CONTRARIO SI SALE CON DEUDA , NO LO TENES QUE PRESCRIBIR, SI NO, RENUNCIARLO CON ART 1 LEY 25321 Y EL RESTO DE LOS PERIODOS QUE NO SE SABE CUALES SON(FIJATE QUE LO QUE TE PUSO LUCKY HAY UN ERROR DE TRANSCRIPCION EN LA LA LEY , PUSO 25323, QUIZO DECIR 25321)
 #1475603  por PREV86
 
Hay una circular de ANSES de fin de junio
CIRCULAR DPA No 20/23


en
aquellos casos en que una persona registre servicios en categoría Monotributo NO
APORTANTE (código 11), deberá practicar liquidación SICAM, por ese período
independientemente que ésta no genere tiempo de servicios.

Por otra parte, se deberá tener en cuenta que el tiempo y servicios deben ser informados en
el SICA, de acuerdo a como fueron considerados en el SICAM.

En el caso de que esos periodos quieran ser utilizados para la adquisición de UPDP (Unidad
de Pago de Deuda Previsional) deberá aplicarse sobre los mismos los beneficios del artículo
1° de la Ley N° 25.321, en virtud de que en el artículo 6 inciso b) de la Ley 27.705 exige la no
prestación de servicios por el tiempo que se adquieren dichas unidades.

me hicieron cambiar algunas liquidaciones
aplicando el art 1 de la 25321 incluso en periodos que la moratoria no abarca
ejemplo de 2007 a 2019
todo el periodo art 1

otro con moratoria desde los 70 a 1997
y monotributo no aportante del 2014 hasta ahora
lo mismo
aplicar todo el periodo 2014 2023 art 1 25321
 #1475665  por draines
 
Hola buenas tardes. Consulta: en el caso que la persona pago monotributo no aportante porque es un profesional y a su vez quiere adquirir periodos ( tiene 53 años es una mujer) para tener la jubilación de anses y la de la caja profesional, puede adquirirlos en anses en periodos que pago monotributo no aportante. Gracias. Un saludo
 #1475668  por PREV86
 
En el caso de esta mujer puede comprar aportes a través de unidades de pago de deuda previsional
desde el mes que cumplió 18 años hasta marzo de 2012
Todos los meses que coincidan con inscripción en MT no aportante del periodo que va a comprar
tenés que hacer liquidación SICAM aplicando el beneficio del art 1 de la 25321
 #1475687  por draines
 
Hola gracias por tu respuesta lo consulte para saber experiencias en este tema, porque en otro foro leí que desde Anses le habían planteado que al tener inscripción en afip y derivando aportes previsionales a otra caja ( Profesional) no podía comprar encima de periodos con monotributo no aportante. Gracias. Saludos
 #1475711  por draines
 
Hola vuelvo sobre el tema porque en una charla que asistí se planteo el tema del monotributista no aportante ( caso de una abogada) que consultaba si podía comprar unidades de cancelación de aportes para trabajadores en actividad encima de periodos donde pago monotributo no aportante porque necesita hacerlo así para llegar con los 30 años al momento de jubilarse y se discutió el tema y en conclusión se entendió que no se podía y que la 25.321 no era aplicable en estos casos ( creo que es lógico) Alguien concretamente presento en alguna UDAI y se lo aceptaron. Gracias. Un saludo.
 #1475719  por lucky
 
No sé qué criterio están teniendo las UDAI, pero para mi NO corresponde comprar UCAP en meses en los cuales se estuvo inscripto como Monotributista No Aportante, como tampoco en meses en los que hay deuda de autónomo o monotributo.
En distintas charlas debate se llegó a esta conclusión, y además la ACTI 17-01 dice que esos meses hay que presentarlos sin aplicar beneficios. Esto a diferencia de lo que sucede con la compra de UPDP.
 #1475727  por draines
 
Gracias Lucky si entiendo que es así lo voy a consultar en ANSeS igualmente. Además la 25321 es para caso que se superen los 30 años en una jubilación, que no sería el caso. Gracias!!!
 #1475751  por PREV86
 
NO no se puede comprar unidades de pago para trabajadores en actividad
en los periodos que les figura inscripción de MT o de AUTONOMOS
si la inscripción es de monotributo activo y hay deuda no hay problema porque el capital y el interes
es barato
el monotributista no aportes es un problema porque no se puede aplicar art 1 y renunciarlo
el autonomo con deuda es impagable

Está en el modulo que le habilita ANSES al trabajador que adhiere entre otras consideraciones este tema
de que NO puede comprar años en esos periodos

dice

Por otra parte, a los mismos efectos manifiesto, en relación a los periodos incorporados en la presente solicitud de adquisición de Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales para Trabajadores/as en Actividad, que


A la fecha del período solicitado no poseía actividad registrada, ya sea como trabajador o trabajadora en relación de dependencia en el régimen nacional, provincial, municipal, ni en regímenes castrenses y/o regímenes Profesionales; ni tenía actividad registrada en carácter de autónomo y/o monotributista.