Según
http://www.agn.gov.ar/files/informes/2010_004info.pdf estos grupos se dedican a controlar a las
áreas de Unidad de Convenios Internacionales y Coordinación de Tramites Complejos.
Detectan errores en los beneficios otorgados, así como su liquidación y pago, también en orden a los convenios internacionales.
Te copio esto, por ahí te es de utilidad. Dirección no he conseguido.
CIRCULAR GP Nº 30/11
CONTROL DE MONTOS ELEVADOS EN RETROACTIVOS DE PRESTACIONES PREVISIONALES
En el marco de las tareas de revisión y optimización de procesos que realiza la Gerencia Control Prestacional, y atento la detección de casos con montos elevados que presentan irregularidades en la liquidación, se impulsó la implementación de un Monto Tope de liquidación de retroactivos, ya sea por un único concepto o por la sumatoria de varios. Este tope se estableció en $ 250.000.- (doscientos cincuenta mil pesos).
Atento que sólo en casos excepcionales corresponde la liquidación de sumas retroactivas de esta envergadura, por áreas operativas dependientes de la Gerencia Prestaciones Centralizadas y Descentralizadas (excluido la Gerencia Monitoreo de la Actividad Jurídica), se habilitó el código 100-500 -de Tipo 02/Transitorio- para la identificación de esta tipología de casos, el mismo únicamente podrá ser utilizado por aquellas áreas operativas que cumplan el circuito que a continuación se detalla y posean la convalidación de la Gerencia Control Prestacional.
CIRCUITO DE AUTORIZACIÓN DE LIQUIDACIÓN DE MONTOS EXCEPCIONALES.
1. El jefe de UDAI, una vez ingresada la carga y supervisada, procederá a notificar vía mail a la jefatura de equipo de control regional dependiente de la zona, con copia a las redes interior y/o metropolitana, según corresponda, dependientes de la Gerencia Control de la Liquidación y
Red de Grupos Móviles, los siguientes datos:
a. CUIL Titular
b. Apellido y Nombre del titular/beneficiario
c. Tipo y Número de Documento del Titular/beneficiario
d. Número de Expediente que hace referencia al pago del Retroactivo.
e. Número de Beneficio.
f. Mensual de Ingreso de la Novedad.
2. La Jefatura de Equipo de Control Regional dependiente de la zona, solicitará al Jefe de la UDAI, la remisión del expediente para su revisión.
El plazo máximo para emitir el informe de resultado del control no deberá ser superior a las 72 horas.
3. El Grupo Control Móvil procederá a la revisión del expediente y notificará el resultado al Jefe de UDAI, a la Coord. Control de Prestaciones Pasivas y a la Coordinación GCM que corresponda.
4. De ser correcta la liquidación, el Grupo Control Móvil convalidará la misma. Sin perjuicio de ello, el caso en cuestión será incluido en el Proceso de Validación/Grupo Mayores Montos.
5. De no ser correcta la liquidación y/o no recepcionarse el expediente para revisión del
Grupo Control Móvil, Ia Coordinación Control de Prestaciones Pasivas procederá a solicitar la baja del concepto ingresado y/o la retención en boca de pago.
Importante: La Coordinación Control de Prestaciones Pasivas procederá a la baja y/o retención en boca de pago de todos aquellos casos que no hayan sido convalidados por el Grupo Control Móvil.
Sin perjuicio de lo enunciado, la Gerencia Control Prestacional realizará todos los controles habituales de rutina, pudiendo el caso ser pasible de retención por otros motivos.