Buen dia: Tengo una Sra que llega a los 30 años de servicios, justito computando desempleo y los 3 hijos. Cumplio los 55 en Septiembre de 2023. Puede solicitarla? me confundo porque al mes de abril no reunia los requisitos, recien ahora.
No se computan las tareas de cuidado. Según el decreto "a los efectos del cómputo de los años de servicios con aportes requeridos para el derecho a la Prestación Anticipada, solo podrán reconocerse años de servicios con aportes efectivos".
Luego dictaron la Resolución 2/2022 incluyendo la licencia por maternidad pero NO las tareas de cuidado: “No se computarán servicios bajo declaración jurada, ni servicios fictos, o por cualquier otra modalidad que no implique la prestación efectiva de servicios con aportes al Sistema de Seguridad Social, a excepción de los períodos de licencia por maternidad establecidos por las leyes de alcance nacional y Convenios Colectivos de Trabajo y aquellos durante los cuales se haya percibido una Prestación por Desempleo en el marco de las Leyes Nros. 24.013, 25.191 y 25.371 y sus modificatorias.
Tampoco se computarán servicios amparados en esquemas de regularización de deudas previsionales, a
excepción de aquellos cuyas deudas hayan sido canceladas con anterioridad al 30 de junio de 2021.”
Después circuló este instructivo interno de Anses.
REQUISITOS Y CONDICIONES:
• NO PODRAN COMPUTARSE AÑOS DE SERVICIOS POR TAREAS DE CUIDADO, DESEMPLEO, NI CUALQUIER OTRA PRESTACION SUSTITUTIVA (ART. 8 LEY 27546 Y RESOLUCION MTSS 397/20).