Estimados colegas, buen día.
Aprovecho este hilo del foro, para hacer una consulta relacionada. Es sobre la notificación en el extranjero, pero de un juicio de desalojo.
Consulto:
Una persona firma, en su caracter de apoderada, un contrato de locación para fines comerciales.
Quién otorga poder, tiene domicilio en Uruguay.
Sólo el apoderado es mi cliente.
No pueden hacer frente al pago de canon locativo, ergo, están a punto de que los desalojen.
Mi pregunta es: Al tratar de notificar la demanda al domicilio real, y siendo que quién otorgó poder ya no se encuentra ahí, la parte actora, pedirá oficios de rigor y notificará BRPA a un domicilio determinado, aquí en Argentina.
Yo quiero sacar del medio de la situación al apoderado (mi cliente).
¿Qué debo hacer, para que a quién vive en Uruguay, lo notifiquen a su domicilio real, allí, como corresponde?
Desde ya muchas gracias.
Saludos,
Adso