Buenas Tardes a todos, por favor alguien me podrá ayudar con la siguiente duda.
Voy a sustituir a un colega y me voy a presentar en una sucesión que ya tiene varios años.
En el expediente hay DH a favor de la viuda y 3 hijas, y se ordeno la inscripción sobre un inmueble que era de origen comunitario del causante, no obstante, paso el tiempo y nunca se libro el oficio y testimonio y por lo tanto no se inscribió en el Registro de Propiedad Inmueble.
Ahora me consulta una de las hijas, con la intención de incorporar al expediente una cesión de derechos hereditarios y gananciales que les hizo la madre (hoy ya fallecida) por partes iguales a las 3 hijas sobre el sucesorio del esposo.
Mi consulta es: Al agregar la escritura publica de cesión de derechos, y solicitar que se amplíe la orden de inscripción para que se inscriba conjuntamente con la DH del causante, tengo que pagar tasa de justicia por el 50% que la viuda les cedió???
Si fuera así, con la presentación de la escritura tengo que adjuntar otra vez el estado parcelario, Dominio del Inmueble e ITGB? y En este caso los informes de inhibición y cesión de derechos, si es que hay que presentarlos, serian a nombre de la viuda, o de las hijas que son las cesionarias???
Disculpen tantas preguntas pero es la primera vez que voy a inscribir una cesión de derechos. Muchas gracias de antemano!!
Voy a sustituir a un colega y me voy a presentar en una sucesión que ya tiene varios años.
En el expediente hay DH a favor de la viuda y 3 hijas, y se ordeno la inscripción sobre un inmueble que era de origen comunitario del causante, no obstante, paso el tiempo y nunca se libro el oficio y testimonio y por lo tanto no se inscribió en el Registro de Propiedad Inmueble.
Ahora me consulta una de las hijas, con la intención de incorporar al expediente una cesión de derechos hereditarios y gananciales que les hizo la madre (hoy ya fallecida) por partes iguales a las 3 hijas sobre el sucesorio del esposo.
Mi consulta es: Al agregar la escritura publica de cesión de derechos, y solicitar que se amplíe la orden de inscripción para que se inscriba conjuntamente con la DH del causante, tengo que pagar tasa de justicia por el 50% que la viuda les cedió???
Si fuera así, con la presentación de la escritura tengo que adjuntar otra vez el estado parcelario, Dominio del Inmueble e ITGB? y En este caso los informes de inhibición y cesión de derechos, si es que hay que presentarlos, serian a nombre de la viuda, o de las hijas que son las cesionarias???
Disculpen tantas preguntas pero es la primera vez que voy a inscribir una cesión de derechos. Muchas gracias de antemano!!