hugo2 escribió:Buenas tardes campañeros foristas, el tema es el siguiente:
Me consulta una señora que esta cobrando pension ( 2 ) por hijo fallecido en Malvinas, si es posible tramitar su jubilacion ( 24476, y pago de contado porque tambien cobra pension del marido), no he leido que exista ninguna incompatibilidad, pero mi duda tambien es por si la pension de malvina juega en los limites de acumulacion de pensiones.
Desde ya agradezco su opinion.
Hola, fijate si te sirve:
Pensiones Honoríficas de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur
Otorgar una pensión vitalicia a:
- Ex soldados combatientes conscriptos que participaron en efectivas acciones bélicas de combate en el conflicto del Atlántico Sur.
- Civiles que se encontraban cumpliendo funciones en los lugares en los que se desarrollaron estas acciones.
- Personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que se encontraren en situación de retiro o baja voluntaria u obligatoria, esta última en tanto no se hubiera dado en las situaciones a que se refiere el art. 6º del Decreto Nº 1357/04 y que hubieren estado destinados en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS).
El cobro de la pensión de guerra es compatible con:
-Cualquier otro beneficio de carácter previsional permanente o de retiro otorgado en jurisdicción nacional, provincial o municipal
- La percepción de otro ingreso
- El subsidio extraordinario instituido por la Ley Nº 22.674
- Las pensiones graciables vitalicias otorgadas por las Leyes Nº 23.598 y Nº 24.310
- Este beneficio se extenderá a los derechohabientes establecidos en el artículo 53 de la Ley Nº 24.241y en ausencia de estos, serán beneficiarios de la pensión los padres incapacitados para el trabajo y a cargo del causante a la fecha de su deceso, siempre que no gozaran de jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva, salvo que optaren por dicha pensión de guerra.
- Los padres de los veteranos de guerra muertos en combate podrán acceder al beneficio con la sola acreditación del vínculo.
http://www.tramites.gob.ar/tramites/pen ... -sur_t1258