Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • ejecución fiscal- santa fe-

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #505761  por anita2010
 
Estimados foristas, disculpen si mi pregunta es basica, pero nunca hice ejecucion fiscal. voy por la demandada. mi clienta le llega una notificacion del juzgado, sobre ejecucion fiscal por el monto total mas costas. la notificacion dice que tiene que presentarse para oponer alguna excepción en el plazo de 10 dias, pero mi clienta no quiere continuar el juicio y quiere pagar. el tramite en santa fe (rosario) como es? me presento con mi clienta al expte y realizo el pago o debo ahcerlo en alguna cuenta del banco??...
gracias y perdon la ignorancia.
saludos ANI.-
 #506363  por anita2010
 
perdon por mi insistencia, pero sigo estudiando el tema:para el pago de lo reclamado, me tengo que allanar y ofrecer el monto total.? esto es asi estoy muy equivocada?
es posible antes de allanarme plantear la prescipcion a ver que pasa? gracias.-
 #506477  por draflorencia
 
ana, para plantear la prescipción tenes que ver la antiguedad del titulo que pretenden ejecutar, creo que es de 5 años.
si te allanas te evitas menos costas. analizalo.
espera otras respuestas.
saludos
 #506964  por antihique
 
tenes que leer el codigo fiscal de Sta Fe ahy busca prescrpicion.Ahora en el tema ejecuion fiscal ahy que tenr mucha precaucion porque si hay intimaciones administrativas reclamando el pago la prescaripcion se interrumpe y entonces es muy dificl de poder acreditarla ;te lo digo porque durante varios años incie ejecu fiscales,y se que pocas veces prosperaban las excepciones.
Para el pago puede ir al organismo que demando y ahcer plan de pago,para poder cobrar honorar decile que le vas a conseguir el plan y le cobras unos pesos.
Sino te presentas acompaña boleta de deposito que previo debio depositar en el banco supongo provincia,como pertenencientes a tales autos
No tiene razon de ser que te allanes porque allanar significa que el juicio continua;hace el deposito con las boletas de dpeosito judicial,las que te ven el colegio de abogados gralmente,y depositas el capital reclamados y si los honorarios estan regulados tb por los honor y pedis que se practique liquidacion por intereses .y vas a tenr que hacer otro deposito
Espero que te sirva a tu disposicion