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  • SUCESION FALLECIMIENTO EN EL EXTRANJERO BIENES EN EL PAIS

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 #1479492  por Elyse2016
 
Buenas tardes colegas

Me llego un caso de un Paraguayo con residencia en Asunción, fallece y deja un inmueble en Argentina, sus hijas residentes argentinas quieren iniciar sucesión, entiendo que el bien se rige por la legislación argentina. El proceso seria como cualquier sucesión o el juez me exigirá que se inicie también en el país de fallecimiento.

Perdón estoy un poco perdida

muchas gracias *flor*
 #1479496  por legalescom
 
Dispone el Artículo 2336.- Competencia. La competencia para entender en el juicio sucesorio corresponde al juez del último domicilio del causante, sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección 9a, Capítulo 3, Título IV del Libro Sexto.
El mismo juez conoce de las acciones de petición de herencia, nulidad de testamento, de los demás litigios que tienen lugar con motivo de la administración y liquidación de la herencia, de la ejecución de las disposiciones testamentarias, del mantenimiento de la indivisión, de las operaciones de partición, de la garantía de los lotes entre los copartícipes y de la reforma y nulidad de la partición.

Si el causante deja sólo un heredero, las acciones personales de los acreedores del causante pueden dirigirse, a su opción, ante el juez del último domicilio del causante o ante el que corresponde al domicilio del heredero único.

En la Sección 9a, Capítulo 3, Título IV del Libro Sexto, dispone el Artículo 2643.- Jurisdicción. Son competentes para entender en la sucesión por causa de muerte, los jueces del último domicilio del causante o los del lugar de situación de los bienes inmuebles en el país respecto de éstos.