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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1479409  por zaza
 
bUENOS DIAS te go una consulta pq veo que se manejan distinto en diferentes Udais tengo que comprar ley 24476 cuando armo el sicam a todo lo que registra deuda aplico 25321? o debo dejarlo con la deuda y compro por la ley 24476. desde ya muchas gracias
 #1479415  por lucky
 
Solamente tenés que pedir el socioeconómico y enviar el plan.
La UDAI no controla la situación de revista que estás mandando.
Si posteriormente al envío, la persona no va a aportar nunca más como AUT o MT y esta será la liquidación que presente cuando se jubile, renunciaría a la deuda.
Pero si va a seguir aportando, me parece irrelevante renunciar o no porque después hay que liquidar de nuevo agregando los períodos posteriores.
 #1479503  por zaza
 
lucky escribió: Vie, 30 Ago 2024, 18:06 Solamente tenés que pedir el socioeconómico y enviar el plan.
La UDAI no controla la situación de revista que estás mandando.
Si posteriormente al envío, la persona no va a aportar nunca más como AUT o MT y esta será la liquidación que presente cuando se jubile, renunciaría a la deuda.
Pero si va a seguir aportando, me parece irrelevante renunciar o no porque después hay que liquidar de nuevo agregando los períodos posteriores.
si usualmente se hace eso se da de baja el plan y se vuelve a liquidar incluyendo los periodos que quedan afuera, lo único que el plan enviado en su momento no puede sufrir modificaciones te piden el tiket de pago , y lo que si vuelve a pasar por el socioeconómico al momento de presentacion .-
 #1479504  por zaza
 
zaza escribió:
lucky escribió: Vie, 30 Ago 2024, 18:06 Solamente tenés que pedir el socioeconómico y enviar el plan.
La UDAI no controla la situación de revista que estás mandando.
Si posteriormente al envío, la persona no va a aportar nunca más como AUT o MT y esta será la liquidación que presente cuando se jubile, renunciaría a la deuda.
Pero si va a seguir aportando, me parece irrelevante renunciar o no porque después hay que liquidar de nuevo agregando los períodos posteriores.
si usualmente se hace eso se da de baja el plan y se vuelve a liquidar incluyendo los periodos que quedan afuera, lo único que el plan enviado en su momento no puede sufrir modificaciones te piden el tiket de pago , y lo que si vuelve a pasar por el socioeconómico al momento de presentación .-

Tengo 2 casos que fueron a reconocimiento de servicios y en la resolución le agregaron los periodos comprados por la 24476.- Pero la condición para el reconocimiento es que no se puede aplicar la 25321 .-