Hola, estoy tramitando un sucesion y regularon honorarios al anterior colega que intervino, mi cliente debe abonarle y el dr presentar escrito que percibio los honorarios, pero existe un tema de desconfianza de mi cliente, entomces les consulto como hcaer si deberia presentar escrito antes que le abone? O con que le emita factura y confie en que lo presente estaria bien?
Lo mejor, sobre todo, si es en Provincia, es depositarle los honorarios, con más el porcentaje de aportes correspondientes al cliente (5% de los honorarios) y que el lo retire.
Art. 12°: (Texto según las Leyes N° 10.268 y N° 11.625) El capital de la Caja se formará:
a) Con el diez (10) por ciento de toda remuneración de origen profesional que devenguen los afiliados y con el cinco (5) por ciento de esos mismos honorarios a cargo de las personas obligadas a su pago en los juicios voluntarios y con el diez (10) por ciento en los contradictorios.