lucky escribió: ↑Mar, 03 Dic 2024, 15:05
Va al turno para comprar UCAP liquidando el SICAM por la 24241 y como "reconocimiento de servicios", respetando el PUC (historia de categorías) tal cual está en AFIP y sin aplicar "beneficios".
Si no tiene servicios como autónomo o monotributista, no tenés que liquidar nada.
En el turno le generan el VEP, y de paso pide que le den el código del socioeconómico.
Con el código ya podés liquidar como "jubilación" y por la 24476.
La alternativa a NO pedir el código del socio, es esperar a la edad y para el día del turno liquidar el Sicam por la 24476.
Buenas tardes.-
Te consulto por la posibilidad de hacer un Reconocimiento de Servicios por lo que le voy a comprar a mi cliente.-
En la UDAI PARANA, de donde soy, me dicen que SI puedo hacer el Plan 24476 para una clienta de 57 años, pero NO puedo hacerle un Reconocimiento de Servicios para asegurar los mismos a futuro.-
¿este criterio es correcto? ¿han hecho Reconocimientos de Servicios así? ¿me podrían pasar información para fundar una insistencia?
¿Qué sucede si, hago el Plan Ley 24476, lo cancelo y antes de que cumpla la edad, derogan esa ley?
Es claro que, si un cliente, después del 03/2025, cumple la edad en un período breve, unos meses posteriores, le explico los riesgos y que improbable su derogación en el corto plazo, y acepte hacer los dos planes.-
Pero si, como en este caso, le faltan 3 años para cumplir la edad, con una actual AMENAZA de una Profunda Reforma Previsional inminente; si no puedo hacer un Reconocimiento de Servicios, le asesoraría que no se la juegue.-
Espero su opinión. Gracias