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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1480615  por Previsionjoven
 
Buenos dias a todos!!! Por favor me podran ayudar?? no tengo mucha experiencia aun, y estoy tramitando mi primer ejecucion de honorarios. El tema es asi:
El año pasado inicie una ejecucion de honorarios por $76.300, el ejecutado recibio el mandamiento y nunca se presento, por lo que solicite el embargo de haberes, y tambien sentencia. En la sentencia el juzgado aprueba la liquidacion por $106.900 incluyendo intereses, y me regula 7 jus por la ejecucion, y deja constancia en el texto de la sentencia que es conforme Ac 4133/23 SCBA = 1 jus $15.636.-
Mes a mes se fue acreditando en la cuenta judicial los fondos embargados. Actualmente quiero pedir la transferencia, pero me surgen algunas dudas ... Tengo que adjuntar a la peticion la boleta de aportes por honorarios ejecutados y de ejecucion, y mi duda es:
1) En el caso de los honorarios de ejecucion para confeccionar la boleta de aportes y pedir la transferencia, los 7 jus los tomo al valor del momento de la sentencia, o puedo tomarlos al valor actual del jus????
2) En el caso de los honorarios ejecutados, la boleta de aportes va por $106.900, o se toma por el valor reclamado originalmente, que era de $76.300?????
Perdon por la ignorancia, pero no cuento con mucha experiencia y menos en temas de ejecucion.. :oops: Agradezco cualquier aporte!!