Hola a todos.
¿se puede prorratear el plus de nocturnidad si en el convenio no especifica nada?. Podria ser que a falta de regulacion, se tenga que abonar mensualmente sin prorrateos, ya que segun la sentencia del supremo STS 2447/2024 en vacaciones generas nocturnidad en el caso de que el turno de trabajo si no hicieses vacaciones fuese el de noche.
¿ Se debe computar el plus de antiguedad en el calculo del plus de nocturnidad?
En el convenio solo dice que las horas nocturnas estaran compensadas con un 25 % del salario convenio.
El salario convenio si que pone que se pagará en 14 mensualidades.
¿se puede prorratear el plus de nocturnidad si en el convenio no especifica nada?. Podria ser que a falta de regulacion, se tenga que abonar mensualmente sin prorrateos, ya que segun la sentencia del supremo STS 2447/2024 en vacaciones generas nocturnidad en el caso de que el turno de trabajo si no hicieses vacaciones fuese el de noche.
¿ Se debe computar el plus de antiguedad en el calculo del plus de nocturnidad?
En el convenio solo dice que las horas nocturnas estaran compensadas con un 25 % del salario convenio.
El salario convenio si que pone que se pagará en 14 mensualidades.