liliana1 escribió: ↑Lun, 30 Dic 2024, 20:03
Gracias Mario respecto lo anterior aclarado.-
Te molesto por lo siguiente o algun colega que maneje el tema de servicio domestico necesito una ayuda, no pude iniciar el expediente que te consulte pero porque yo lo liquide de 12 a 16 horas desde 2008 a la actualidad, y me rebotaron sin explicarme mas porque estaba todo mal atento hay periodos segun me dijeron que no son de 12 a 16 horas.
la consulta seria como hacer el sicam, debo mirar mes por mesde todo el periodo, lo unico que me dijeron en ANses, de y como se a que cantidad de horas se aporto??? y por otro lado luego como seria el Sicam???
Desde ya mil gracias si me pueden ayudar
ESTO DICE LA PREV
El pago de la deuda debe solicitarse una vez que se acredita el derecho a la prestación invocada, por lo cual no deberá ser un requisito para el inicio y tramitación de la misma.
DE ACUERDO A ESTO TE LO TENDRIAN QUE HABER RECIBIDO Y UNA VEZ QUE SE ACREDITE EL DERECHO EXIGIR LA DEUDA
QUE PUEDE SER QUE HAY PERIODOS DECLARADOS DE 12 A 16 HORAS Y QUE SE PAGO POR MENOS HORAS O QUE SE PAGARON MAS DE LO QUE CORRESPONDERIA DE 12 A 16 HORAS
TAMBIEN LA PREV DICE LO SIGUIENTE
4. Aportes efectuados por monto inferior al aporte mínimo legal
El artículo 2° del Régimen aprobado por el artículo 21 de la Ley N° 25.239 establece que para acceder a las prestaciones previsionales que el mismo prevé el trabajador debe tener “contribuciones” que alcance a la suma mensual de la contribución correspondiente al máximo de horas ($ 86,97 a enero de 2020), para lo cual podrán considerarse las distintas relaciones de servicio doméstico que pudiere tener. En el caso de no alcanzar dicho importe y a los fines de acceder a las prestaciones previstas en este régimen, el trabajador debe integrar “en forma voluntaria” la diferencia entre el aporte verificado y la contribución correspondiente al máximo de horas ($ 86,97 a enero de 2020), caso contrario no genera derecho a los beneficios de este régimen (Dictamen N° 39.283 y 41.324).
En el Anexo VII de la presente se encuentra el modelo de Resolución denegatoria para el caso que se configure la situación de exclusión cuando se efectuó aportes por un monto inferior al aporte mínimo legal y no se realizó el pago de la diferencia correspondiente por parte del trabajador