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  • SUCESION. BIEN DEL ACERVO PUEDE SER INHIBIDO?

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 #1480983  por VaneJFK
 
Buenas . Consulto por lo siguiente.
Hay una sucesion iniciada. 3 bienes. todavía no se pidio inscripción de declaratoria.
Paralelamente, el fallecido , en vida tuvo un demanda por accidente de transito ( se lo demando a él , a la empresa de colectivo y al Seguro). La causa sigue vigente.
En el caso de denunciar bienes en la sucesión, puede el abogado de la víctima del accidente, presentarse en la sucesion y pedir INHIBICION sobre esos bienes ? teniendo en cuenta que el demandado ya falleció? porque de hacerlo y el juzgado lo conceda, no ordenaria la inscripcion de la DH.
 #1480987  por Lan
 
Hola buenos días! Yo entiendo que Inhibición no porque hay bienes.....Si embargo pero para eso debería estar su expediente en condiciones de solicitarlo y trabarlo (incluso trabar embargo sobre derechos sucesorios) pero no se en que situación procesal esta ese juicio de accidente...Por las dudas esperamos mas opiniones! Saludos!
 #1480990  por VaneJFK
 
Hola gracias por el aporte.!. si, yo pienso lo mismo. Yo creo que inhibir no puede, sin embargo si podriia pedir embargo, pero eso no seria problema.
en cuanto el juico por accidente, por ahora no se abrió a etapa probatoria
 #1480995  por legalescom
 
Ante todo, la inhibición no se traba sobre los bienes, sino sobre las personas. Pero, tampoco cooresponde traar inhibicón sore las personas fallecidas, dado que han dejado de ser sujetos de derecho. Al respecto, la doctrina y reiterada jurisprudencia, han establecido, que: "No cabe decretar la inhición general de bienes contra una persona fallecida desde que si la existencia de las personas físicas terminan con la muerte, tal como lo dicta el articulo 103 del Código Civil (ahora, art. 93 C. C. y C.), no cabe la interdicción contra una persona inexistente, todo ello sin perjuicio de que sea viable el embargo de los bienes que integran el patrimonio dejado por el difunto".