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 #1481627  por amiroyoma
 
Se puede hacer tracto abreviado triple...

Tia fallecida tiene a su nombre una casa

Heredo la madre [fallece]

A la madre la heredo otro hijo [fallece)

De la tia a la madre, la madre al hijo, ahi se autoriza?

O directamente se pide al juez de la sucesion de la tia el tracto abreviado?
 #1481628  por legalescom
 
Se inician las tras sucesiones, en un mismo excpediente, hasta que se dicte la respectiva declaratoria de herederos, si el ultimo heredero vivo, quiere vender, allí, el escribano, hace el tracto abreviado, entre el testimonio de la declaratoria y la escritura de compraventa. No sé que entendías vos, por tracto abreviado.
 #1481684  por amiroyoma
 
legalescom escribió: Sab, 15 Mar 2025, 12:38 Se inician las tras sucesiones, en un mismo excpediente, hasta que se dicte la respectiva declaratoria de herederos, si el ultimo heredero vivo, quiere vender, allí, el escribano, hace el tracto abreviado, entre el testimonio de la declaratoria y la escritura de compraventa. No sé que entendías vos, por tracto abreviado.
Cada sucesion ya se hizo a su debido tiempo
Primero la tia, luego la abuela, etc
Donde metes el tracto?
 #1481712  por legalescom
 
Entendería que, debieras estudiar, mejor, qué es el tracto abreviado y, te ahorrarías muchas y vanas preguntas.
 #1481721  por mcnulty
 
amiroyoma escribió:Cada sucesion ya se hizo a su debido tiempo
Primero la tia, luego la abuela, etc
Donde metes el tracto?
.
Si ya tenes la orden de inscripción en cada una de las sucesiones en relación al inmueble que se quiere vender . ya no hay mas nada que hacer se lo comunicas al escribano y listo . El hace la venta. No hace falta presentar nada más, ni decir nada del tracto abreviado en los expedientes sucesorios.
Si no tenes las órdenes , las tendrás que pedir en cada uno de los expedientes , cumpliendo los recaudos pertinentes . Si ya tenes los datos del escribano interveniente , podes pedir la inscripción por tracto abreviado en cada sucesión , denuncias sus datos y listo .
Pero te repito lo que importa es tener las ordenes de inscripción en cada sucesión ,mas allá de informar el tracto o no , con eso el escribano hace la operación .