Estimados, inicie un divorcio por presentación conjunta sin hijos y sin bienes entre las partes. El problema radica en que el juzgado en el primer despacho resuelve q es imposible que un solo letrado represente a ambas partes por el art 60 inc 1 ley 5777 además porque ambas partes llevan solo 3 años de separados y no 15 años y un día de convivencia. art 62 misma ley.
Esto es así? porque la ley no dice nada del tema y la verdad que al no haber hijos ni bienes que requieran división o algún problema entre mis clientes (no lo hay) no entiendo el inconveniente. Apelo la resolución? porque la verdad leí un montón de jurisprudencia, pero nada dice de los 15 años y un día de convivencia. Por las dudas aclaro que ellos convivían en la casa que la Sra. alquila, tienen declaraciones juradas donde constan el domicilio de ambos y es el mismo.
Esto es así? porque la ley no dice nada del tema y la verdad que al no haber hijos ni bienes que requieran división o algún problema entre mis clientes (no lo hay) no entiendo el inconveniente. Apelo la resolución? porque la verdad leí un montón de jurisprudencia, pero nada dice de los 15 años y un día de convivencia. Por las dudas aclaro que ellos convivían en la casa que la Sra. alquila, tienen declaraciones juradas donde constan el domicilio de ambos y es el mismo.