Hola, agradecería la opinión de Uds. en relación a la "validación de las boletas de pagos autónomos" Decreto 493/95, sucede que en SICAM figura el importe de $36,13.- , en otros casos desagregado el pago pero en ningún caso coincide con el pago de $40,45 como las constancias de pago.
Leí la circular 643/99AFIP, llamé al Anses y Afip pero todavía no pude saber que debo hacer.
Los beneficios se aplican en esta etapa. Yo entiendo que sería recién al solicitar la jubilación. Es así?
Gracias
Leí la circular 643/99AFIP, llamé al Anses y Afip pero todavía no pude saber que debo hacer.
Los beneficios se aplican en esta etapa. Yo entiendo que sería recién al solicitar la jubilación. Es así?
Gracias