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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1483003  por lucky
 
Te había entendido que fue otorgado el beneficio, y luego retenido. Pero veo que ya está denegado.
Podés presentar una reconsideración con apelación en subsidio a la CARSS (viene muy lento todo ahí) o ir directo a la justicia.
El fundamento que tenés es que esos meses que cuestionan (febrero a octubre de 2008) no tienen incidencia en el plan, ya que los períodos incluidos son anteriores.
Y que desde el 10/2008 está trabajando en blanco, lo que es prueba suficiente de que regresó.
 #1483005  por MARIO1943
 
Lo que sbunda no daña , mientras más pruebas presente mejor, su situacion legal es que ingreso en forma ilegal a la argentina, conozco casos de gente que pasaba en canoa a la argentina contrabandesndo mercaderías, osea el trabajo demuestra que estubo en argentina pero no demuestra en qué forma ingreso, en estos casos no hay que dejar puertas abiertas, hay que cerrarlas
 #1483006  por MARIO1943
 
Por otra parte si lo importante es solo demostrar que la. Sra estubo en argentina se de muestra solo cuando inició su jubilación, si no como la inició?,por eso le cortaron el beneficio, no se puede otorgar un beneficio a un ilegal
 #1483007  por liliana1
 
Mario gracias por responder, te comento lo de la Empresa fue lo primero que pense pero la Empresa le contesto que no guarda registros de esa epoca. y no encontramos otra prueba de ese periodo intermedio pero de todas maneras los periodos usados por la moratoria 27705 fueron anteriores al 2008 .-
Con respecto tema al que esta trabajando desde octubre se presento al iniciar la jubilacion y fue aprobado por Anses los aportes, la declaracion jurada de la Sra con la del empleador etc, por eso le otorgaron la jubilacion.-
Por eso es una locura no figura estar en el pais y a la vez esta trabajando y aportando de esa epoca y y ademas por el hecho que no la registraron en migraciones no se va a jubilar de ahi la duda como encararlo poque reitero en migraciones le dicen que tiene que hacer un amparo, como bien dice Lucky hacer una nota pero no se como encararlo ya que denegaron la jubilacion
 #1483008  por MARIO1943
 
liliana1 escribió: Vie, 25 Jul 2025, 16:08 Mario gracias por responder, te comento lo de la Empresa fue lo primero que pense pero la Empresa le contesto que no guarda registros de esa epoca. y no encontramos otra prueba de ese periodo intermedio pero de todas maneras los periodos usados por la moratoria 27705 fueron anteriores al 2008 .-
Con respecto tema al que esta trabajando desde octubre se presento al iniciar la jubilacion y fue aprobado por Anses los aportes, la declaracion jurada de la Sra con la del empleador etc, por eso le otorgaron la jubilacion.-
Por eso es una locura no figura estar en el pais y a la vez esta trabajando y aportando de esa epoca y y ademas por el hecho que no la registraron en migraciones no se va a jubilar de ahi la duda como encararlo poque reitero en migraciones le dicen que tiene que hacer un amparo, como bien dice Lucky hacer una nota pero no se como encararlo ya que denegaron la jubilacion
LE ESTAMOS PONIENDO MUCHO EL ACENTO EN DEMOSTRAR QUE LA SEÑORA ESTUVO EN ELPAIS
PERO ESE MOTIVO YA QUEDO DEMOSTRADO CUNCO LA SEÑORA INICIA SU JUBILACION , MEJOR TESTIGO QUE ANSES NO HAY, EN NINGUN MOMENTO SE REFLEJA QUE ANSES TE ESTA PIDIENDO QUE JUSTIFIQUE QUE ESTUVO EN LA ARGENTINA PORQUE ESO YA QUEDO REFLEFADO, TE ESTA CUESTIONADO QUE NO FIGURA EL INGRESO A LA ARGENTINA, NADA MAS, ESO SUCEDIO EN OTRA UDAI, NO EN LA QUE CORRESPONDE
LA SITUACION DE LA SEÑORA CON UN PROBLEMA DE INGRESO AL PAIS Y SU POSTERIOR IMPACTO EN LA JUBILACION, SE RESUELVE MEDIANTE UN RECURSO ADMINISTRATIVO ANTE ANSES Y UNA PRESENTACION EN MIGRACIONES EN FORMA PARALELA Y EN EL CASO DE NO OBTENER UNA RESPUESTA FAVORABLE, CONSIDERAR LA OPCION DE UN AMPARO JUDICIAL, PERO POR SUPUESTO CON PRUEBAS , YA QUE SI NO CONSEGUIMOS LAS PRUEBAS SUFICIENTES , NO VALE LA PENA
RECURSO ADMINISTRATIVO ANTE ANSES
DADO QUE LA JUBILACION FUE DENEGADA POR UNA INCONSISTENCIA EN EL REGISTRO MIGRATORIO, LA SEÑORA DEBE PRESENTAR UN RECURSO ADMINISTRATIVO ANTE ANSES , ADJUNTADO TODA LA DOCUMENTACION QUE RESPALDE SU SITUACION(BUSCA PRUEBAS NO SE COMO LO VAS A LOGRAR, TENES QUE PENSAR, FIJATE SI TIENE EL PASAJE.
CONSTANCIA DE TRABAJO EN SDM
ESTE DOCUMENTO DE TRABAJO EN BLANCO CUYO DADOR REGISTRO A SU EMPLEADA EN EN EL REGISTRO DE CASA PARTICULAR Y SU CARNET DE ADHERENCIA A LA O SOCIAL, CONFIRMA SOLAMENTE QUE LA SEÑORA TRABAJO EN BLANCO DESDE OCTUBRE DEL 2008, LO CUAL ES INCOMPATIBLE CON UNA SITUACION DE FALTA DE INGRESO AL PAIS(PERO ESO NO RESPALDA QUE LA SRA INGRESO LEGALMENTE A LA ARGENTINA, SE ENTIENDE?), LO MISMO PRESENTALO COMO PRUEBA, TESTIGOS QUE LA FUERON A ESPERAR EN LA TERMINAL DE LA EMPRESA TAL, PEDILE A LA EMPRESA DE TRANSPORTE TAL QUE NO PUEDE APORTAR DATOS DEL MES TAL DEL AÑO 2008 PORQUE LOS ARCHIVOS YA FUERON QUEMADOS , TODO LO QUE PUEDAS APORTAR, REPITO LO QUE ABUNDA NO DAÑA
DESPUES CONTINUO CORTO ACA ANTES DE QUE ME CORTEN LA LUZ
 #1483009  por MARIO1943
 
CONTINUO
O CUALQUIER OTRA EVIDENCIA QUE PUEDA RESPALDAR SU INGRESO AL PAIS Y SU POSTERIOR PERMANENCIA
PRESENTACION EN MIGRACIONES
SIMULTANEAMENTE, LA SEÑORA DEBE PRESENTAR EN MIGRACIONES CON LA MISMA DOCUMENTACION QUE PRESENTO EN ANSES, PARA QUE PUEDAN REALIZAR LA VERIFICACION CORRESPONDIENTE
YA QUE MIGRACIONES TE ACONSEJARON UN AMPARO, DECILE QUE NECESITAS LO QUE DECIDA MIGRACIONES PARA PODER EFECTUAR UN AMPARO, TAMBIEN MENCIONALE QUE ESTAS PRUEBAS TAMBIEN FUE PRESENTADAS ANTE ANSES , NECESARIOS PARA UN AMPARO

El formulario para declarar que no figura el ingreso al país en Argentina se llama "Declaración Jurada Electrónica para el Ingreso al Territorio Nacional" y se puede encontrar en el sitio web de Migraciones: https://ddjj.migraciones.gob.ar/app/home.php. Es un requisito obligatorio para ingresar al país
DECILE A LA SEÑORA QUE REVISE SU ARCHIVO, PARA VER QUE SE PUEDE AGREGAR
AHI TENES UNA GUIA DE COMO PODES PRESENTARLO ANTE ANSES Y MIGRACIONE, ESTA EN VOS COMO QUERES PROCEDER SI LO TIRAS O LO TOMAS POR UNA SUGERENCIA MEJOR DE OTRO FORISTA
 #1483011  por liliana1
 
Muchisimas gracias por las aclaraciones, con respecto a la nota de migraciones no nos dejaron presentar pruebas dijeron que ese es un tema de Anses a donde se deben presentar, que ellos solo se encargan de registrar en este caso el ingreso de acuerdo lo que informen de alla de Posadas en este caso.-
 #1483012  por liliana1
 
Antes que nada reitero el agradecimiento por la colaboracion de siempre. Estoy leyendo la prev. 11-71 que manifesto Lucky de la reglamentacion de esta moratoria y dice claramente que debe haber tenido residencia la persona en los periodos que se pretenden adquirir¨, lo cual estariamos dentro del caso de esta señora, que el viaje es posterior a los periodos adquiridos y los 90 dias antes de la solicitud se pueden probar con la relacion de dependencia. Pregunta esto de los 90 dias anteriores a la solicitud que estan exigiendo de donde surge?
 #1483013  por MARIO1943
 
liliana1 escribió: Sab, 26 Jul 2025, 00:33 Antes que nada reitero el agradecimiento por la colaboracion de siempre. Estoy leyendo la prev. 11-71 que manifesto Lucky de la reglamentacion de esta moratoria y dice claramente que debe haber tenido residencia la persona en los periodos que se pretenden adquirir¨, lo cual estariamos dentro del caso de esta señora, que el viaje es posterior a los periodos adquiridos y los 90 dias antes de la solicitud se pueden probar con la relacion de dependencia. Pregunta esto de los 90 dias anteriores a la solicitud que estan exigiendo de donde surge?
SERIA UNA PRUEBA MAS,PERO A VOS NO TE ESTAN CUESTIONANDO LA MORATORIA , TE ESTAN CUESTIONANDO LA FALTA DE REGISTRO DE ENTRADA A LA ARGENTINA
LOS 90 DIAS SURGEN DE LA PAGINA DE ANSES
https://www.anses.gob.ar/jubilaciones-y ... -reingreso
PERO NO TE PREOCUPES POR ESTE TEMA, YA QUE PARAGUAY, ESTA EXIMIDA DE REALIZAR EL TRAMITE
UNA PRUEBA MAS SERIA QUE LA SRA PRESENTE LA SALIDA DE PARAGUAY PARA ENTRAR A LA ARGENTINA, QUE REALIZO EN MIGRACIONES