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  • Indemnizacion y posterior renuncia.-

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1483190  por Lucio24
 
Buenas tardes, se me presenta el siguiente caso: Trabajador con incapacidad absoluta envía telegrama al empleador reclamando el pago de la indemnización por el Art. 212 de la LCT, el telegrama notificado al domicilio de la empresa que consta en los recibos de sueldo, el mismo fue recepcionado por la empresa. El empleador, luego de recibir el telegrama le dice al trabajador que debe enviarlo a otro domicilio diferente y que para liquidarse la indemnización correspondiente debe también enviar la renuncia.
El trabajador vuelve a enviar el mismo telegrama al otro domicilio, y también envía la renuncia según telegrama pro forma del Correo Argentino.
Entiendo con respecto a la renuncia que debo demostrar el vicio en la voluntad del trabajador ya que por error lo envió (Error inducido por la empleadora), pero se me presenta la duda con respecto a si mas alla de demostrar el vicio en la renuncia correspondería la indemnización igual atento la irrenunciabilidad de los derechos de trabajador y que el primer telegrama fue notificado al domicilio que constaba en los recibos en fecha anterior a la renuncia.