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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1484050  por MARCO82
 
Buenos dias,
Un cliente tiene domicilio en el DNI en USA y reside allí. Esta en Argentina e intentó comprar UCAP (en períodos que vivió en el pais), si bien el sistema de ANSES le tomó el trámite, cuando querían emitir el VEP de pago de UCAP el mismo no lo hizo. La justificación (luego de consultas internas) fue que al tener domicilio en el extranjero no se puede determinar su capacidad de pago de UCAP. Sin embargo hay instructivos internos de ANSES que establecen que no se debe controlar la capacidad de pago sino que solo se firma una declaración jurada de ello, por lo que me parece contradictorio.
No se si a alguien le pasó o si hay alguna solución para ello. Lo único que se me ocurre es que el particular solicite un DNI con domicilio en Argentina para evitar ese impedimento.
Escucho opiniones,
Saludos y buen fin de semana.
 #1484067  por lucky
 
¿Pudiste solucionar o averiguar cuál es el problema? ¿Qué UDAI fue?
Porque no tienen porqué impedirles comprar UCAP en los años que vivieron en el país.
 #1484073  por MARIO1943
 
EN LOS EE.UU. EL CIUDADANO DEBE PRESENTAR ANUALMENTE EL FORMULARIO 1040 , DONDE SE DECLARA LOS INGRESOS QUE TUVO EN EL AÑO, DE ACUERDO A UN MINIMO Y SI ES CASADO O SOLTERO, PREGUNTALE SI A EL LE ALCANZA ESTA OBLIGACION PARA PAGAR SUS IMPUESTOS,
https://www.taxdefensenetwork.com/es/fo ... ario-1040/
SI ESTA OBLIGADO A PRESENTAR ESTE FORMULARIO, QUE LO PRESENTE , CERTIFICADO POR LA EMBAJADA ARGENTINA, TRADUCIDO
 #1484077  por martita
 
Estimados:
ayer consulté exactamente lo mismo en Pacífico y fueron terminantes No pueden comprar Ucaps los residentes en el exterior. No indagué los motivos exactos porque ya habia recibido esa respuesta terminante otras veces.
Incluso el año pasado me consultó alguien que ya tenia otorgada la jubilacion por medio de la compra de aportes con la 17705 (cuando estaba vigente) y al momento de cobrar la dieron de baja por detectar que vive en el exterior
 #1484080  por lucky
 
La verdad no sé de dónde sale ese impedimento.
Por las dudas releí la reglamentación porque uno se olvida, y el requisito es haber residido en el país en los períodos que se pretenden comprar. Es más la DDJJ que hacen firmar dice:
"A la fecha de los períodos solicitados para la cancelación residía legalmente en la República Argentina."

Por eso no sé en qué norma se basan.