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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1484088  por gisoko
 
Hola, les hago una consulta, una persona que tiene30 años de aportes de los cuales 19 años son en relación de dependencia con buen sueldo y los ultimos años fue monotributista categoria b o c, para el calculo del haber le toman los 120 meses en relación de dependencia solamente?? o lo prorratean con el monotributo y le baja el haber?? o directamente como los ultimos 10 años fueron de monotributista lo de relación de dependencia no le ingresa para el cálculo y le corresponde la mínima???
 #1484092  por lucky
 
Le toman los últimos 120 sueldos. El monotributo no incide en el haber porque no se computa para el cálculo de la PAP-. No le baja nada.
Si el haber no es alto pese a los sueldos, se debe a que solo tiene 19 años de aportes.
Es poco tiempo para tener un muy buen haber.
 #1484097  por gisoko
 
perdon, que insista con el tema, pregunte en anses pero me responden cualquier cosa, asi que prefiero consultar por aca nuevamente
tengo un cliente de 57 años, 32 de aportes en relación de dependencia, la empresa le ofrecio retiro voluntario, atento que le falta para la edad jubilatoria quiere anotarse en monotributo, esos años restantes
la consulta es si aporta al monotributo, cuando se jubile para el haber le van a tomar en cuenta las 120 remuneraciones en relación de dependencia y con eso se jubila o le toman lo aportado por monotributo?
en anses me dicen que le toman lo del monotributo y que le baja el haber jubilatorio.
la verdad no quisiera estar asesorando mal, se que si te faltan poco para la edad siempre recomiendan no anotarse en nada, pero en este caso le faltan 8 años
y por otro lado en el caso de que se anote, pero los pagos sean saltados, se puede renunciar el periodo y quedarse solo con lo de relacion de dependencia???
 #1484101  por PREV86
 
El monotributo NO incide en nada en el calculo del haber
como te dijo Lucky
al momento de la jubilación le van a tomar los últimos 120 salarios
le harán un cálculo promedio
le aplicaran coeficiente de actualización
sacaran el 1.5 % de esa cifra y se lo aplicaran a cada uno de los años que tiene aportados
para la pc y la pap por lo que decís serían por ahora 32 años de aportes en RD
lo que le cambiaría para mal, es que si tiene buenos salarios actuales
tome ahora otro empleo en relación de dependencia que la remuneración sea baja
entonces sí perdería en el cálculo porque sus últimos años de aportes serian peores que los anteriores
aunque ganaría en mas años aportados

vi un montón de casos así, generalmente de familiares que les pagaban un salario bajo para que llegaran con los años de aportes
lamentablemente arruinaron el haber que les hubiera quedado

pero el Monotributo NO influye en el calculo de la PAP
a excepción de que alguien pida un RTI
Ahi te toman los últimos 5 años de lo que sea que haya
si tenés 30 en relación de dependencia y los últimos 5 son MT
te calculan con los últimos 5 de Monotributo
 #1484108  por MARIO1943
 
LO DE LA RTT QUE DICE PREV, QUEDO SUPERADO CON ESTE FALLO DEL 2015
La Corte mejoró el cálculo para la pensiones
DIARIO CLARIN
6 DE MARO 2015
• Jubilados
• Pensiones
• Viudez
La Corte Suprema ordenó a la ANSeS mejorar el haber de la pensión por viudez tomando en cuenta los mayores aportes que realizó el trabajador fallecido al sistema previsional.
Si bien se trata de un caso particular, sienta precedente para reclamos similares ya ingresados en los Tribunales de la Seguridad Social y para nuevas demandas.
La sentencia de la Corte, que cuenta con el voto de los jueces Lorenzetti, Fayt y Maqueda, revocó los fallos desfavorables para la demandante tanto de primera como de segunda instancia, y está fechado el 3 de marzo, dos días después de la arremetida de la Presidente contra el Alto Tribunal.
De acuerdo a la ley previsional, para calcular la pensión por viudez, entre otros factores, se toma como referencia el ingreso promedio actualizado de los últimos 5 años del trabajador fallecido.
En este caso, “Vergara contra ANSeS”, al momento de su fallecimiento, el trabajador contaba con más de 33 años de servicios ingresados en forma efectiva al sistema: 27 y 8 meses bajo el régimen de relación de dependencia y los últimos 5 años y 5 meses habían sido en el régimen autónomo.
Los ingresos como autónomo eran muy inferiores a los que había cobrado como trabajador dependiente.
Eso determinó que la pensión inicial de la esposa resultara muy baja, y pasara a cobrar el haber mínimo, menor al 10% del sueldo que cobró el trabajador cuando se desempeñen relación de dependencia.
Ante esta situación, sin observar el cálculo previsional, la Corte consideró que “el marco normativo aplicado a la petición no es el adecuado” porque no contempla “el esfuerzo contributivo realizado por el causante”. “Implica desconocer el 85% de la trayectoria laboral acreditada”, dice el fallo.
Así, la Corte resolvió que la ANSeS recalcule el monto de la pensión tomando en cuenta “el promedio de los últimos 10 años” actualizados, como se aplica para el cálculo de las jubilaciones, “de modo que “la prestación represente en forma proporcional el esfuerzo contributivo realizado”.
En consecuencia el nuevo haber se calculará sobre la base de los sueldos actualizados de los últimos 5 años como dependiente más los 5 años como autónomo.
El especialista Guillermo Jáuregui le dijo a Clarín que la sentencia “subsana un grave problema en el cálculo de la pensión por muerte, cuando los últimos cinco años de servicios son autónomos y el haber resultante es el mínimo jubilatorio”.
Con esta nueva interpretación, y al tomar servicios dependientes, el promedio resultante mejora el haber. Ya en primera instancia de la justicia previsional la Dra. Savia G. Saíno había encontrado una solución parecida, pero el pronunciamiento de la Corte extiende esta interpretación favorable a las viudas y viudos, y sienta un precedente relevante para todas las instancias previsionales”, precisó Jáuregui.
“Después que Alicia Vergara perdiera en primera y segunda instancia, ahora la Corte vino a subsanar la injusta aplicación de la ley previsional”, señaló Graciela Stasevich, la abogada que patrocinó el caso Badaro.