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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1484151  por gabicor
 
Hola, buenas tardes.

Tengo una clienta que es profesional en un Organismo del Estado y la intimaron a que se jubile. Asimismo es docente universitaria y quiere seguir siendo. No quiere darse de baja en la UBA como adjunta y el año pasado hizo opción de continuar hasta los 70. Consulta, ella puede jubularse ahora con régimen jubilación común y cuando cumpla los 70, hacer su jubilación de docente universitaria? Nunca hago docentes, ni siquiera universitarios y no tengo idea de cómo es su régimen.
Mil gracias
 #1484234  por juancapa
 
gabicor escribió: Lun, 09 Mar 2026, 12:42 Hola, buenas tardes.

Tengo una clienta que es profesional en un Organismo del Estado y la intimaron a que se jubile. Asimismo es docente universitaria y quiere seguir siendo. No quiere darse de baja en la UBA como adjunta y el año pasado hizo opción de continuar hasta los 70. Consulta, ella puede jubularse ahora con régimen jubilación común y cuando cumpla los 70, hacer su jubilación de docente universitaria? Nunca hago docentes, ni siquiera universitarios y no tengo idea de cómo es su régimen.
Mil gracias
Buenas, si tiene las dos líneas de servicios completas (docencia universitaria 25 años y servicios comunes 30 años), y la dedicación NO SUPERA las 20 hs semanales, puede pedir la prestación x simultaneidad: se le paga el 2,73 % por cada año del 82% del mejor cargo que tuvo en su carrera docente. Y por otro lado se le liquida PBU-PC-PAP sin contar estos aportes de docencia universitaria. O sea cobra una jubilacion comun contando los servicios NO docentes + el 2,73% por año de docencia simultáneo x 82% del mejor cargo de docencia.

Es un sistema complejo, como podrás ver. Leer sobretodo res. SSS 33/2009 que la reglamenta.

Si tiene mas de 20 hs semanales, tiene que ir por el 82% del cargo (va a "perder" los aportes comunes) o meter todo en la bolsa y hacer una jubi común ley 26508.
 #1484368  por lasflores
 
Buenas noches. aprovecho este hilo para hacer la siguiente consulta. Un cliente jubilado como docente universitario, tiene aparte 18 años de servicios comunes, me parece muy injusto que esos años no se tengan en cuenta para nada. Al no llegar a 30 años no puede pedir PBU- PC- PAP mas prestaciòn por simultaneidad. Como se puede resolver ese caso?
Y si tomando todos los servicios como comunes y sumando salario de los ultimos 10 años como docente y comunes me da un haber mayor, podria pedir que los servicios docentes se liquiden como comunes? Encima ya està jubilado, podria pedirse la reconvencion de jubilacion especial a ordinaria?
Muchas gracias