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  • ayuda!!!!!!!!!!! boleto de compraventa

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 #148273  por fabituru
 
queridos colegas tengo un interrogante para ustedes , espero puedan ayudarme,
quiero saber que sucede en el caso de varias transferencias de un inmueble que se realizo en tres oportunidades por medio de boleto de compraventa y nunca se escrituro, si se prescribio la accion por incumplimiento contractual contra el primer adquirente , esto beneficia a los demas adquirentes por boleto o no ?
y en el caso de que no este prescripta la accion puedo accionar contra el ulimo adquirente ?
desde ya muchas gracias espero respuesta

 #148920  por Mary
 
Hola! no entiendo bien. El boleto es una promesa de venta, no una venta.
Quién está poseyendo el inmueble? Qué título detenta? o En qué calidad? Quién es tu cliente? (Resopecto a la última pregunta me refiero si es un interesado o bien detenta alguna documentación para reclamar el inmueble)
Saludos

PD: Si tu cliente está por pagar dinero, que le abone al titular dominial y directamente escriturando. Es lo ideal.

 #148929  por andrea1982
 
Hola! no entiendo bien. El boleto es una promesa de venta, no una venta.
La doctrina no es unánime en ese sentido.

Saludos

 #148959  por Sailaw
 
El boleto es una promesa de escrituración, y mediando posesión no prescribe

 #148987  por Tiziano
 
Exacto... el boleto no es una venta ni una promesa de venta...es el contrato por el cual dos partes se comprometen a escriturar el bien, por lo tanto como instrumento no tiene un plazo de prescripción legal, será el convenido.
Por otro lado... si conjuntamente con el boleto se realizó la traditio de la cosa significa que hubo por lo menos tres poseedores posteriores al titular registrado, las acciones serán entonces (si fuera pertinente) en contra del último poseedor.
Los primeros dos contratos, quedaron extintos por el subsiguiente, por lo que la acción solo puede ir contra el último poseedor.
No se entiende bien a donde va la pregunta....pero si el intento es reivindicar la propiedad en favor del último titular la respuesta es sí, aunque un poco falto de ética puesto que este según creo a percibido el monto de su venta. Lo que si puede hacer también, es pedir el cumplimiento de escrituración al primero de los poseedores, y este subsiguientemente a los que le siguen conjuntamente con la repetición de los impuestos que tu cliente pagó o los perjuicios ocacionados por la falta de pago de los mismos.
De todas formas, consultalo puesto que soy solo un estudiante.