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  • GRUPO CACHO DE MATADEROS - Laboratorio de estrategia

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 #148657  por Tiziano
 
Hola Chicas y Chicos.... a los fines de ir allanando el camino, preparé el escrito del beneficio.... estudienlo y/o corrijanlo. Hay que decidir si lo iniciamos apriori o conjuntamente con la demanda....
El escrito reza acción Ejecutiva porque como tengo las FACTURAS FIRMADAS por el Sr. Torres se me ocurrió que podíamos preparar la vía y hacerla más rápida, de última decide el juez si es pertinente o no ¿que les parece? estoy consultando también con Dr8 (mp) que anda medio perdido.


________________________________________
PROMUEVE BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

SR. JUEZ:

Horacio Barreiro, DNI. N° 17555555 por derecho propio, con domicilio real en calle Antofagasta 250 de la localidad de Mataderos, ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el patrocinio letrado del Dr. Tiziano Trotamundo, Abogado, Mat. N°............, constituyendo domicilio a los efectos procesales en calle Poniendo Estaba la Gansa 450, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comparezco respetuosamente ante V.S. y digo:


1) OBJETO:

Que vengo a solicitar la concesión del beneficio de Litigar sin Gastos, prevista en el Art. 78 del CPCC, a fin de iniciar acción EJECUTIVA por INCUMPLIMIENTO DE PAGO por la suma de pesos $ 4000 más sus intereses legales, en contra del Sr. Juan A. Torres con domicilio en Paganini 348, Ciudad Autónoma de Bs. As. Asimismo, extiendo esta acción contra cualquier persona que pueda resultar patrimonialmente responsable,
por incumplimiento de dicho pago, sobre la base de los argumentos de hecho y derecho que a continuación expongo:

2) ANTECEDENTES:

Que la concesión del beneficio se funda en la necesidad de Iniciar Acción Ejecutiva por incumplimiento de pago, por la suma de pesos $ 4000,00.
Que el Sr. Juan A. Torres es titular de la empresa TaxiRap y la causa de la acción Ejecutiva es la deuda acaecida por el incumplimiento del pago de la reparación de dos de sus automóviles afectados comercialmente a su empresa.
Que la misma me ha provocado serio perjuicio económico, por ser esposo y padre de una familia de cuatro hijos, a los cuales mantengo, que mi ocupción es ser mecánico de automóviles, lo que me permite obtener ganancias solo para la manutención de mi familia, la cual vive en una humilde casa de la cual soy titular y es mi única propiedad. Que en tenor de ello he hecho uso de las facultades estatuidas por el art. 3939 CC. (Derecho de Retención)

3) PRUEBAS:

a) Informativa:
Se Oficie a todas las entidades bancarias de la localidad de Mataderos, para que informen si opero con las mismas y en su caso que tipo de operaciones realizo:

b) Testimoniales:
Se solicita se cite a declarar a las personas que a continuación expongo:
-"La turca de Mataderos", domiciliada en calle, Burdelito 23, ciudad.-
-"La Chicho de Mataderos", domiciliado en calle Apurate 69, ciudad.-
-"El Moncho de Mataderos", domiciliado en calle Aguantaderos 50, ciudad.-

Quienes depondrán en base a las preguntas enunciadas.
Para todas: para que diga si sabe y como le consta que:
1- Las Generales de la Ley
2- Si conocen la situación patrimonial del Sr. Horacio Barreiro “el Cacho” y en su caso describa la misma.
3- Si conocen propiedades muebles o inmuebles a su nombre.
4- Si conocen el medio de vida del actor.
5- Si sabe como es la vivienda del actor y con quién habita.
6- Si conocen todo otro dato de interés económico y demás de interés para la concesión del beneficio.
7- De público y notorio.
8- Se reserva el derecho de ampliar.

4) PLANTEA INCONSTITUCIONALIDAD ( Art. 83 Ley .....)

5) PETITUM:

1) Tenga por presentado en el carácter expresado, por denunciado el domicilio real y constituido el procesal.-
2) Se fije audiencia para la declaración de los testigos propuestos.
3) Oportunamente se conceda el Beneficio de Litigar sin Gastos.


Proveer de Conformidad que
Será Justicia
Última edición por Tiziano el Mié, 16 Abr 2008, 14:43, editado 2 veces en total.

 #148671  por Sailaw
 
Chicos, me parece que lo del beneficio no procede, Cacho es un empresario, no es un muerto de hambre.

 #148673  por Tiziano
 
Sail....Que "empresario", el tipo es mecánico, y tiene una sencilla casa en la que vive con su familia, nada más, es un laburante. El empresario es Torres.

 #148696  por marale
 
Sai, el Cacho es un simple mecanico, es un tipo de barrio laburante, y que tuvo la mala suerte de que le toque un cliente como Torres que lo hace trabajar y no el paga :roll: .

 #148698  por marale
 
En todo caso que nos rechacen el beneficio en el momento oportuno :cry:

 #148731  por DAL
 
PUedo opinar, o no??????????

 #148736  por novelxahora
 
Opciones en cuanto al beneficio

1.- En el caso que el mismo nos sea concedido, la contraparte tiene derecho de control (se ofrecen testigos y la contraparte en audiencia al efecto, mediante pliego preguntará lo que crea oportuno).

2.- El juez puede concederlo parcialmente.

3.- Existe jurisprudencia en cuanto a otorgar el beneficio a personas jurídicas ( que poseen capital y demás). La busco para agregarla al escrito de Tiziano.

O sea..., veamos qué decidimos hacer....,pero entiendo es viable

 #148740  por Tiziano
 
Opina Dal...... quedo a la espera.
Yo creo que es viable, en provincia es sobrada la jurisprudencia porque el criterio es la fortuna, y no el tener una vivienda y trabajo....

 #148749  por Dr. 8
 
Considero que no debemos "embarullar" con un BLSG, que debería ser objeto de una práctica abreviada.-

Con respecto a la mediación, se me ocurrió y me gustaría debatirlo con Uds. que de haber existido acuerdo, sería nulo en cuanto la "no denuncia penal", en virtud de lo dispuesto por el art. 842 de C.C.

 #148772  por Tiziano
 
Estimado Dr8... en tanto el 842 CC... más allá de que no se ´llegó a ningún acuerdo, tenía el espíritu de sostener el compromiso de las partes de no instar penalmente, nunca se pretendió subsanar un delito con una indemnización, es por ello que la contraparte esgrimió el argumento del lucro cesante (Civil) y no una indemnización por la comisión del delito...espero no haber hecho un galimatias...
En resumen, teniendo en cuenta esto y la C/D de la contraparte, propuse mantener el compromiso (Confidencial) de no entorpecer el trámite civil con una denuncia penal. Espero le sea clara mi intención y explicación.

 #148778  por Tiziano
 
OK...con respecto del beneficio...que les parece para no embarullar, si solicitamos que se tenga en cuenta sin cumplir con los testimonios...que el juez evalue como presentados los testigos que ratifican la falta de recursos de Cacho y la informativa como negativa...y listo.
O si no, desistimos...da igual....lo presenté porque el pobre Cacho me lloró la carta de que no tiene guita...jajaja.
Como quieran...

 #148789  por novelxahora
 
Por cualquiera de las dos opciones, PRESENTARLO / NO PRESENTARLO
me sumo al criterio de la mayoría..., no tengo problema..
En todo caso, veamos qué van opinando los demás integrantes del grupo....

Te parece ????

 #148845  por DAL
 
Ya se los dijo Dr.8 que es su lider.
Realmente sopesaron los beneficios del beneficio?????

A cuanto ascienden los gastos de juicio en un pleito de $4000???? cuanto tiempo demora el dictado de esta sentencia????? cuanto más puede estar su cliente sin cobrar sus facturas???????????????????

 #148872  por Tiziano
 
Bueno está bien, acepto, no tiene demasiado sentido, simplemente quería hacer el ejercicio, y de última ya lo hice porque el escrito lo redacté igual... no importa no lo presentamos... me lo guardo para cuando de el exámen de práctico forense...jajaja.

Bueno chicas y chicos... a ponerse una pila y preparar la demanda...yo no tengo mucho tiempo, doy reales el viernes, pero no tengo drama en dar una mano.

 #149164  por Tiziano
 
Chicos.... tenemos que apurar el trámite, hoy me equivoqué intentando el beneficio, pero hay que hacer la demanda, sin duda el grupo Torres intentará interponerla primero, ni sueñen esperar al lunes, entiendo que ocupa tiempo, pero hay que hacerla.
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