Caso:
Le permitimos a mi hermano en el año 1994 vivir en una casa (de la cual él posee un porcentaje minoritario por sucesión de nuestra madre). El vivió hasta diciembre de 2006 allí, hasta que, mediante un ardid de violencia familiar, fue excluido del hogar a pedido de la esposa.
La medida cautelar ya fue levantada, la demanda penal por lesiones quedó en " suspensión de juicio a prueba"
Desde la fecha de exclusión, mi hermano no regresó al hogar nunca más.
La casa pertenece :
1 - A mí en un 66, 66 % ( le compré a mi padre la parte que heredó de mi madre, en el año 1994)
2 - De otro hemano (que detenta el 16.66 % por sucesión)
3 - De este hermano (que tiene el lio con la esposa) en un 16, 66 % por sucesión.
Mi padre vive en la casa de adelante, mi cuñada , junto a sus dos hijos de 13 y 8 años, en la parte de atrás.
Los servicios no están divididos, y comparten un patio común. Las entradas a ambas viviendas son independientes.
Con mi hermano (el del punto 2 - de arriba) , acabamos de intimar a mi cuñada y ocupantes a que, vencido el comodato verbal otorgado, deshabiten el inmueble en 30 días y de no hacerlo, que le iniciaremos juicio de desalojo y lanzamiento.
Ahora bien, hay abogados que opinan que un juicio de desalojo no puede prosperar porque ella está viviendo en la casa de su esposo (no está divoriciada ni se quiere divorciar dado que está buscando un divorcio contradictorio).
Pero si no inicio juicio de desalojo ( y lo tengo que hacer contra los ocupantes y NO contra mi hermano porque mi hermano NO está viviendo ahí) , no sé me ocurre qué otra cosa puedo hacer. Yo creo que la única alternativa es el desalojo...
¿Cuál es vuestra opinión? ¿Quién cuida los derechos de terceros (especialmente los míos y de mi otro hermano, que poseemos el 84 %?
Gracias