Hola! les consulto, en un juicio ejecutivo, trabé un embargo sobre el sueldo del demandado, se abrió una cuenta en el Bco. de la Pcia. de Bs. As. donde se está depositando el dinero todos los meses, mi cliente está necesitando ése dinero y quisiera retirar el monto que se ha depositado en la cuenta, se puede? o hay que esperar a cubrir la totalidad del monto a embargar? Si se puede retirar, qué trámite debo hacer? me hablaron de un formulario 58 y un sellado de $15, pero realmente no sé si es así, además no sé que petición tengo que hacer en el Juzgado? Gracias a quien pueda ayudarme!!
El dinero lo podés retirar cuando termine el juicio, independientemente que se haya terminado de juntar el monto o no.
Luego seguirás juntando el resto ( yo suelo sacar plata dos veces al año, a la vuelta de cada feria, ya que antes de la feria estan todos como locos).
Lo fundamental es juicio terminado, sentencia firme, planilla firme.
Saludos!!