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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #142607  por abogadoplatense
 
El motivo de la consulta, es sobre un Divorcio de Mutuo acuerdo, en Provincia de Buenos Aires, La Plata.
La idea es primero acordar los alimentos, tenencia y visitas y mas adelante (dentro de dos o tres meses, presentar el divorcio).-

Preguntas:

Yo represento a la mujer, la intencion es hacer un acuerdo de alimentos, tenencia y visitas, en forma privada.
Pregunto:
1- Puedo redactar el acuerdo de alimentos, tenencia y visitas ,y hacerlo firmar por los esposos (firmas certificadas) ?
2- una vez firmado el acuerdo (sin patrocinio , solo la firma de las partes),que camino es mas conveniente ?

1-presentar el acuerdo para homologarlo
2-directamente cuando inicie el divorcio, dejar constancia en la demanda, lo acordado en alimentos, tenencia y visitas.

Con respecto al DIVORCIO DE CUMUN ACUERDO

Yo represento a la mujer, pero el esposo no tiene abogado (esta de acuerdo con hacer el divorcio de común acuerdo, y establecer alimentos, tenencia y visitas, pero no tiene dinero para un abogado ), y por lo tanto mi duda es con respecto a la falta de patrocinio del esposo

1- Para iniciar un divorcio de común acuerdo en provincia, hay que presentar la demanda con dos abogados o se puede patrocinar a los dos?
2- Si no se puede iniciar patrocinar a los dos, ante la falta de abogado del esposo, tengo entendido que yo puedo iniciar el divorcio y en la audiencia preliminar se lo asiste con un abogado oficial ? esto es asi?

Espero respuestas- Saludos Colegas

 #142617  por sergiosky
 
con respecto al acuerdo:
1) si, podes.
2) una vez firmado me parece que es mas conveniente que lo presentes a homologacion ya que los alimentos son legalmente ejecutados desde que fueron homologados y no desde la fecha de la celebracion del acuerdo o de la presentacion de la demanda, por lo que si celebras el acuerdo y resulta que inicias el juicio de aca a 5 meses esos meses los perdes, en cambio si lo homologas y resulta que luego el tipo no le pasa la cuota, inicias demanda y solicitas alimentos atrasados desde la fecha en que se homologó.

con respecto al divorcio:
1)podes patrocinar a los 2, se recomienda no hacerlo por una cuestion de que podes quedar en el medio en caso de que surjan divergencias o conflictos entre ellos, vos recibirias todos los balazos, pero poder podes.
2)si, es asi... pero si ambos son mansitos te recomiendo que los patrocines a ambos, solo deberian ir a la primera audiencia, luego vas solo, lo dificil es que haya acuerdo con el tema de los alimentos, regimen de visita, tenencia etc. pero si ya esta todo acordado patrocinalos a ambos, ademas el abogado oficial puede que te retrase el expediente por la cantidad de laburo que puede tener y quizas defiende a su cliente a ultranza y termina perjudicando cualquier intento de conciliar.
 #149756  por tourv
 
en materia de familia y especificamente en materia de divoricio, es mas aconsejable q un abogado se maneje con patrocinio letrado o tambien puede actuar por medio de poder especial?

 #149860  por mariber
 
da igual, como apoderado tenes mas libertad pero tambien responsabilidad.
 #149934  por tourv
 
te cuento porq lo pregunto
Tengo un divorcio q se inicio por defensoria en el 2003. Para sacarlo y verlo me dijo el del juzgado q tengo q comparecer. Cual es ese escrito ?porq he buscado modelo y no lo encuentro.

Ese escrito tendria q acompañarlo con poder especial?