es verdad que despues de los 3 años de concubinato las partes pueden reclamar la division de bienes adquiridos en ese tiempo?
No es verdad , entre concubinos no hay division de bienes, lo que cada uno adquiere con su dinero es de su titularidad, salvo que el otro tenga pruebas de que aporto $, se asimilara a una sociedad de hecho, pero el que alega debe probarlo.
El Derecho de fondo no reconoce al concubinato, mal puede contarse con un marco de iure que siente un regimen juridico de regulacion de los intereses economicos.
Un abrazo.