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 #151246  por mariasoledadgaspari
 
Hola gente!!! me surgio una duda, tengo q presentarme en una sucesion por derecho de representacion. la consulta es la ss: es necesario luego de presentarme por derecho de representacion abrir la sucesion del premuerto dentro d la otra sucesion? Se entiende el merengue q escribi? jaja
Espero su ayuda! gracias! saludos

 #151249  por Sailaw
 
Todo eso si tiene bienes el causante, aparte de los que reciben sus hijos por derecho de representación en la sucesión de sus abuelos.

 #151250  por mariasoledadgaspari
 
osea.. a ver si comprendi: si el premuerto tiene bienes abro la sucesion, si no tiene no la inicio.
En el dcho de representacion el conyuge queda afuera.... se q es asi pero por las dudas lo consulto.
Gracias sailaw por contestar y muy acertados tus comentarios en un problemita q surgio en otra tematica.

 #151266  por Sailaw
 
Asi es, salvo el caso de la viuda sin hijos o muertos estos también, que permanece viuda, en cuyo caso hereda 1/4 de lo que le hubiera correspondido al marido.