Estimados, cuando se presenta una demanda de usucapión se presentan los comprobantes de los servicios pagos de 20 años, para el caso de la prescripción veinteañal. Hasta ahí estamos de acuerdo, pero los recibos qué período deberán comprender: desde la presentación de la demanda veinte años hacia atrás?; y en caso de que se cuestione la validez de los recibos de dos meses, a medida que avance el proceso se podrán presentar los comprobantes correspondientes a los dos meses siguientes de iniciado el juicio?. Espero que me entiendan, es bastante confusa la explicación. Gracias colegas!!