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  • boleto de compraventa de inmueble ayuda!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

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 #152843  por fabituru
 
el tema es asi mi cliente es unos de los herederos de una sucesion q tramito hace muchos años era una sucesion muy grande de seis manzanas cada una de 24 lotes , lo que ocurrio es que se fueron vendiendo uno a uno los lotes por parte del administrador q era el hermano mayor de seis hermano(los herederos) , mi cliente en la epoca de la dictadura se fue a mexico , y dejo un poder a los hermanos, vendieron casi todos los lotes , cuando vuelve a la argentina , ya habian vendido casi todos los lotes , el estaba bien por q era un musico conocido de nqn y no se metia en la sucesion , mientras tanto los hermanos seguian vendiendo , en algunos casos con escritura en otros con boleto de compraventa , que si se pagaron integramente , ahora el tipo anda mal y le han dicho...( los hermanos gordos de vender terrenos, en la particion renuncian a los bienes futuros que puedan aparecer) .... que hay uno de los terrenos q no fue pagado en su totaliadad , y ese terreno fue vendido en tres oportunidades primero por el administrador de la sucesion y de ahi en mas las otras 2 ventas por boleto tambien ,nunca escritura
yo lo que quiero saber es si mi cliente le puede reclamar el pago o el terreno al ultimo adquirente que si pago en su totalidad al que le vendio , ya que el incumplimiento es del primer adquirente ,que lo compro hace mas de 30 años al administrador , en realidad si se le prescribio el plazo con el primer adquirente , si esta prescripcion beneficia al ultimo adquirente y no puedo reclamrle nada , que es lo que pienso, o podria ir contra el ultimo adquirente y pedirle el pago o el inmmueble o si este tipo el actual poseedor del inmueble no se beneficia con ese plazo de prescripcion
no es el problema la escrituracion , ni tampoco la usucapion , por que el ultimo adquirenete ,actual poseedor compro hace 7 años nada mas
me parece que esta al horno mi cliente , ls hermanos lo acostaron , y ahora quieren que manotee algo por ahi
y como juega en este caso el art 1051 del cc por que me parece que el tipo que compro ultimo el inmueble compro de buena fe y lo pago de contado
se entinde o es muy enquilombado



el aministrador le vendio por boleto a un tipo hace 30 años este no pago en su totalidad,y tampoco le reclamaron, pero igual estuvo 5 años en posesion del inmueble y este lo vendio a otro por boleto que este parece que pago todo al anterior adquirente , el segundo adquirente estuvo 18 años en posesion sin escriturar y este lo vendio al actual poseedor.

la prescripcion de la accion por incumplimiento contractual que se daria porque no le reclamaron ni al primer adquirente ni al segundo beneficia al actual poseedor , puedo reivindicar o no el inmueble????????????????

 #152850  por Sailaw
 
Esa deuda no solo está prescripta, está muerta y sus cenizas volaron en el viento.

Estan cumplidos los plazos de prescripción adquisitiva en exceso, la transferencia de boleto implica la transferencia de la posesión y el tiempo de ocupación del que transfiere el boleto y sus antecesores, es un juicio no solo para perder, es para que te masacren y te salten encima!!!!
 #153037  por LorenaVC
 
fabituru escribió:el tema es asi mi cliente es unos de los herederos de una sucesion q tramito hace muchos años era una sucesion muy grande de seis manzanas cada una de 24 lotes , lo que ocurrio es que se fueron vendiendo uno a uno los lotes por parte del administrador q era el hermano mayor de seis hermano(los herederos) , mi cliente en la epoca de la dictadura se fue a mexico , y dejo un poder a los hermanos, vendieron casi todos los lotes , cuando vuelve a la argentina , ya habian vendido casi todos los lotes , el estaba bien por q era un musico conocido de nqn y no se metia en la sucesion , mientras tanto los hermanos seguian vendiendo , en algunos casos con escritura en otros con boleto de compraventa , que si se pagaron integramente , ahora el tipo anda mal y le han dicho...( los hermanos gordos de vender terrenos, en la particion renuncian a los bienes futuros que puedan aparecer) .... que hay uno de los terrenos q no fue pagado en su totaliadad , y ese terreno fue vendido en tres oportunidades primero por el administrador de la sucesion y de ahi en mas las otras 2 ventas por boleto tambien ,nunca escritura
yo lo que quiero saber es si mi cliente le puede reclamar el pago o el terreno al ultimo adquirente que si pago en su totalidad al que le vendio , ya que el incumplimiento es del primer adquirente ,que lo compro hace mas de 30 años al administrador , en realidad si se le prescribio el plazo con el primer adquirente , si esta prescripcion beneficia al ultimo adquirente y no puedo reclamrle nada , que es lo que pienso, o podria ir contra el ultimo adquirente y pedirle el pago o el inmmueble o si este tipo el actual poseedor del inmueble no se beneficia con ese plazo de prescripcion
no es el problema la escrituracion , ni tampoco la usucapion , por que el ultimo adquirenete ,actual poseedor compro hace 7 años nada mas
me parece que esta al horno mi cliente , ls hermanos lo acostaron , y ahora quieren que manotee algo por ahi
y como juega en este caso el art 1051 del cc por que me parece que el tipo que compro ultimo el inmueble compro de buena fe y lo pago de contado
se entinde o es muy enquilombado



el aministrador le vendio por boleto a un tipo hace 30 años este no pago en su totalidad,y tampoco le reclamaron, pero igual estuvo 5 años en posesion del inmueble y este lo vendio a otro por boleto que este parece que pago todo al anterior adquirente , el segundo adquirente estuvo 18 años en posesion sin escriturar y este lo vendio al actual poseedor.

la prescripcion de la accion por incumplimiento contractual que se daria porque no le reclamaron ni al primer adquirente ni al segundo beneficia al actual poseedor , puedo reivindicar o no el inmueble????????????????
me perdí!
A ver si te entendi. El administrador vende un lote a un comparador ( 1) hace 30 años y no paga.
Este comprados 1 se lo vende a otro comprador 2. Este comprador 2 se lo vende a comprador 3.
Si es asi. Se llama " lolameneto!"
Tu cliente no tiene accion contra comprador 3. Solo la accion la tenia con el comprador 1 y esta prescripta.
La carta ( zapataso al aire) que te queda es que lo intimes a escriturar, pero como vos a el no le vendiste al comprador 3, vos al que le tenes que firmar la escritura es al comprador 1. Ahi a lo mejor lo podes negociar
Porque no lo miras y ves si tenes accion contra los administradores de la sucesion, por el lado de rendicion de cuenta por el mandato otorgado ( si es que no esta prescripto , no se el plazo)