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  • Quita de intereses en acuerdo extrajudicial

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 #153494  por esmeralda22
 
Gente necesito una manito con un cliente nuevo:
El cliente es demandado en ejecutivo por una saldo de cuenta corriente bancaria. Nunca fue notificado dado que el banco tenia mal la direccion. La ultima notificacion fue bajo responsabilidad de la actora por lo que el juez dicto sentencia aplicando interes tasa activa desde el 99. Muchisimo!!!
La idea es llamar al abogado de la otra parte antes de presentarnos en el expediente y decirle q nos haga una quita de intereses por acuerdo extrajudiacial o se presenta la nulidad de todo lo actuado por defecto en la notificación.
Les pregunto: habiendo sentencia se puede hacer quita de intereses??
Porfi necesito ayuda!!!!!
Besos y gracias

 #153515  por miltriti
 
yo pediría la nulidad, ya que anulados los actos y volviendo a fs. 0, los intereses vuelven a correr desde la presentación de la nueva demanda, aunque escucharia otras opiniones sobre el tema antes.-
 #153709  por LorenaVC
 
esmeralda22 escribió:Gente necesito una manito con un cliente nuevo:
El cliente es demandado en ejecutivo por una saldo de cuenta corriente bancaria. Nunca fue notificado dado que el banco tenia mal la direccion. La ultima notificacion fue bajo responsabilidad de la actora por lo que el juez dicto sentencia aplicando interes tasa activa desde el 99. Muchisimo!!!
La idea es llamar al abogado de la otra parte antes de presentarnos en el expediente y decirle q nos haga una quita de intereses por acuerdo extrajudiacial o se presenta la nulidad de todo lo actuado por defecto en la notificación.
Les pregunto: habiendo sentencia se puede hacer quita de intereses??
Porfi necesito ayuda!!!!!
Besos y gracias
si te dio tasa activa, es barbaro para saldo deudor de cuenta. Pensa que la jurisprudencia esta muy dividida, ( interes de cuenta corriente, o interes por giro sin permiso de descubierto en cuenta, o tasa activa).
No se de donde es la sentencia. Pero hay juzgados que han cosiderado que el domicilio denunicado en bco es especial y valido las noificaciones ( son los menos)
Si vos podes probar que ahi no vivia, podes plantear el incidente de nulidad. (5 dias de conocido el hecho)´Podras discutir la mora ( segun criterios: desde el aviso de ciere de cuenta, de la interposicion de la demanda, del mandamiento de intimacion y pago). Pedir una morigeracion de intereses etc. Ver que no este prescripto el certificado ( 5 ños)
Esto lo vas a tener que ver vos que te conbiene