Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • boleto de compra venta- prescripcion de accion de escriturac

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #154895  por ailicec
 
Estimados colegas:
En realidad me vienen a ver personas que quieren comprar un terreno y que se lo ofrecieron los herederos de una sucesión. Pero si esto fuera tan simple, no preguntaría. Es que éstos herederos ya habian vendido por boleto de compra venta a otra persona en 1987 y le dicen a mis clientes que el comprador del boleto no puede exigir escrituracion. En dicho boleto, del que conseguí copia, dice que se obligan a escriturar en 180 dias...y se transfiere la posesion, obviamente nunca se hizo escritura. Pero la pregunta es ¿Prescribió la acción de escrituración? ¿Si le compro a los herederos ellos son los que tienen el dominio?El terreno es baldio

 #154991  por karadagian
 
Copio lo posteado por otro forista en un asunto similar, respecto de la acción de escriturar:

"Aunque hayan pasado más de diez años desde la mora para escriturar, la acción no prescribe cuando el comprador ha ejercido la posesión en forma pública, pacífica, y continua, ya que esa posesión es un reconocimiento tácito del vendedor que interrumpe la prescripción (art. 3989 C. Civil).
En una palabra, este reconocimiento fluyente es una constante interrupción de la prescripción, que se comporta cual si fuera una suspensión (Spota, Salvat, Borda, Morello, Kipper).
Y como dice Mosset Iturraspe "Lo cierto es que tanto la doctrina como la jurisprudencia, interpretan que aun cuando el comprador no lo haya expresado de manera manifiesta, estuvo reclamando tácitamente la escrituración por el solo hecho de continuar en la posesión con el ánimo de obtener el perfeccionamiento de la compraventa mediante la concreción del título que legitimaba esa posesión."

Si intentaran volver a vender me parece que estariamos ante una estafa.
A la 1° pregunta, si el poseedor por boleto esta en ejercicio de esa posesión, la acción no esta prescripta. A la 2°, depende.

 #155109  por Charlie
 
karadagian escribió:Copio lo posteado por otro forista en un asunto similar, respecto de la acción de escriturar:

Ese forista soy yo.

Sería correcto, me parece, que cuando se copia un post, o parte de el, se diga a quien corresponde lo escrito. O bien se “copie” y “pegue” el hilo en forma íntegra.

Es lo que yo hago, por ejemplo, cuando transcribo opiniones de juristas en mis respuestas.

En este hilo se encuentra la respuesta completa.

viewtopic.php?t=1799&start=0&postdays=0 ... highlight=

Saludos.

 #155197  por Sailaw
 
Resumiendolo y haciendolo facil:

Boleto + posesión: imprescribilidad de la acción.

Un versito para acordarselo for ever!!!!

 #155250  por karadagian
 
Disculpas Charlie, pero para ser justos yo lo saque de aca:

viewtopic.php?t=25875

Y no sabia que era tuyo, ni me parece que sea importante.

Copyright (C) Karadagian TM :lol: