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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #152515  por juanlll
 
Les hago una consulta a mis colegas previsionalistas.

Un viejo abogado bonaerense amigo tiene matrícula en pcia y en capital.
Reúne la edad para jubilarse (67 años). Aporta actualmente a la caja de abogados de pcia de bs as. En cambio en Cassaba (caja de capital) no aporta ya que oportunamente ejerció la opción a la caja de pcia.
A su vez, tiene algunos aportes como monotributista resultantes del ejercicio mismo de la profesión.

La consulta concreta es:

1) Puede jubilarse en ANSeS por el plan de moratoria (ley 24476).
1.1 Caso afirmativo, puede acreditar años con los aportes de monotributista?

2) Una vez jubilado en ANSeS por la 24476: puede ejercer en capital federal o le dan de baja la matrícula?

3) Con respecto a la matrícula de Pcia de bs as y la posibilidad de ejercer en esta jurisdicción no habría problemas no???

Gracias desde ya por sus opiniones calificadas!!!!!!!!!!!
 #152597  por lunita_roja
 
Mirá no sé mucho sobre el tema, pero mi papá jubiló a un abogado por moratoria y sigue ejerciendo en capital, no le dieron de baja a la matrícula.
Más allá de eso y por lo recuerdo de la facultad los profesionales son una excpeción a la regla de la jubilación única, ya que pueden tener dos jubilaciones.
No sé si te sirve de mucho pero es en lo único que te puedo ayudar!!

 #152727  por juanlll
 
Gracias, por la respuesta, obviamente que me sirve, voy a tener en cuenta tu experiencia como parte de la solución!!

 #152963  por andrea1982
 
1- Si puede jubilarse pagando la moratoria. En cuanto a lo que paga por el monotributo si hizo los aportes si, por ej. mi mamá paga monotributo pero no los aportes, los cuales hace a caja forense.
No hay reciprocidad con las cajas profesionales.
2- Puede seguir ejerciendo. De hecho mi mamá tiene una jubilación de la nación y sigue en la profesión.
Espero que te sirva.
Saludos

 #153049  por Robert R. Aguirre
 
Ya he jubilado a varios colegas de esa forma y no hay problemas, no hay incopatibilidad, podés usar la moratoria y pueden seguir ejerciendo sin problemas porque no significa jubilarse como abogado, lo que hará oportunamente cuendo se canse de esta desgastante profesión pero a su vez tan apasionada que muy pocos son los que se jubilan cuando cumplen los requisitos para la misma.-

 #153118  por juanlll
 
muchisimas gracias colegas por sus respuestas!!!!!!!!!!!!!!
Este foro es excelente, por la gente que lo compone

 #153579  por rachelcba
 
Hola JuanIII: Este tema lo consulté en alguna oportunidad, pero nadie me supo responder. La cuestión es la siguiente: Nosotros como profesionales, aportamos a la caja de abogados y además pagamos monotributo pero sin el componente previsional. Qué pasaría en el caso de que pagáramos el monotributo completo (pero como profesionales y no en otra actividad), tendríamos derecho en el futuro a las dos jubilaciones, como en el caso de abog que trabajan en relación de dep o son autónomos por otra actividad comercial que realizan???. Esa es mi gran duda.

 #153619  por andrea1982
 
Para mi si tienen derecho a ambos porque no hay reciprocidad entre ambas cajas.
Saludos

 #153639  por Ishtar
 
rachelcba escribió:Hola JuanIII: Este tema lo consulté en alguna oportunidad, pero nadie me supo responder. La cuestión es la siguiente: Nosotros como profesionales, aportamos a la caja de abogados y además pagamos monotributo pero sin el componente previsional. Qué pasaría en el caso de que pagáramos el monotributo completo (pero como profesionales y no en otra actividad), tendríamos derecho en el futuro a las dos jubilaciones, como en el caso de abog que trabajan en relación de dep o son autónomos por otra actividad comercial que realizan???. Esa es mi gran duda.
Si tendrias derecho, porque para la caja de abogados usarias los aportes hechos en esa caja y para Anses los de monotributista...lo que pasa es que no aportamos con el componente previsional, por eso no se puede, lo que si se podria es adherirse a la moratoria si tenes la edad y asi de esa forma tener dos jubi...yo hice varias asi...

 #156143  por padrillo
 
andrea1982 escribió:Para mi si tienen derecho a ambos porque no hay reciprocidad entre ambas cajas.
Saludos
Si hay reciprocidad entre la Caja de Abogados, ANSeS e IPS, pero si uno se jubila con servicios puros como Abogado, puede tranquilamente jubilarse con aportes de ANSeS (Relación de Dependencia y/o Autónomos) y/o IPS.

Saludos.

 #156159  por andrea1982
 
Entre la Caja de Abogados y Anses NO hay reciprocidad, al menos no en la caja de abogados de mi provincia.
Saludos

 #156495  por padrillo
 
andrea1982 escribió:Entre la Caja de Abogados y Anses NO hay reciprocidad, al menos no en la caja de abogados de mi provincia.
Saludos
Fijate que dice "bonaerense".... y en el punto 3 habla de la pcia. de bs. as.

La cuestìón iba referida a la la provincia de buenos aires y con ésta hay reciprocidad, por eso puse y/o IPS que es el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

Hay que leer bien la pregunta antes de contestar tan categoricamente, porque en ves de ayudar perjudica.

Saludos.

 #156497  por padrillo
 
andrea1982 escribió:Para mi si tienen derecho a ambos porque no hay reciprocidad entre ambas cajas.
Saludos
El derecho a ambos beneficios existe, aún en el caso de existir reciprocidad, ya que el uso de la misma es voluntario y si uno reúne en el derecho con servicios puros en ambos lados, es válido.

Saludos.

 #156499  por andrea1982
 
Tu respuesta también fué generalizada, porque dijiste que SI había reciprocidad entre las cajas y yo te respondí diciendo que en mi provincia no, de hecho en mi provincia las cajas profesionales no tienen reciprocidad. Yo creo hacer leído bien la pregunta, si lees vos con atención, vas a ver que solo le respondí al pto. I y II, luego dije que no había reciprocidad, entendiendo que no lo había tampoco en tu provincia por lo que respondieron otras personas, vos dijiste que si la había en términos genéricos.
Además, yo soy estudiante y firmo de esa manera, y siempre aclaro que mi respuesta puede estar sujeta a errores, mi respuesta no fué mala por error, no por no leer bien la pregunta, sino porque no conozco las legislaciones de todas las provincias. Dado que no la conozco, me la podrías pasar?


Suerte
Última edición por andrea1982 el Lun, 28 Abr 2008, 18:24, editado 1 vez en total.

 #156500  por andrea1982
 
:roll: