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  • MEDIACION PREVIA Y OBLIGATORIA - CONSULTA

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 #156195  por carlatoledo
 
Buenas a todos!!!
necesito saber si alguien me puede ayudar...
tienen idea cual es el plazo que tengo para interponer demanda, posterior al cierre de una mediacion (obviamente sin haber arribado a acuerdo)...
muchas graciasssssssssss

 #156217  por ramblernauta
 
Entiendo que el de prescripción de la acción. Recorda que la mediación SUSPENDE el curso de la prescripción.
 #156265  por carlatoledo
 
ENTIENDO QUE LA MEDIACION SUSPENDE EL PLAZO DE PRESCRIPCION. EN ESTE CASO, VENCIDOS LOS 60 DIAS PARA INICIAR LAS CORRESPONDIENTES ACCIONES LEGALES NO LAS INICIARON.
PRESCRIBE SUPUESTAMENTE LA ACCION, PERO QUE PASA...??? APARECE UN FORMULARIO DE UNA MEDIACION, LA QUE SE CIERRA POR NO HABER PODIDO NOTIFICAR A LAS PARTES, CUANDO LAS PARTES NO MODIFICARON LOS DOMICILIOS...
SE TRATA DE UNA MEDIACION PRIVADA, Y TENIA ENTENDIDO QUE LA PRESCRIPCION SE SUSPENDIA EN UNA UNICA OPORTUNIDAD...
SE ENTIENDE???

 #156341  por ramblernauta
 
La prescripción se suspende en una sola oportunidad.
Vos queres suspenderla dos veces con dos mediaciones sobre el mismo objeto y contra los mismos requeridos?
 #156557  por GabrielaV
 
carlatoledo escribió:Buenas a todos!!!
necesito saber si alguien me puede ayudar...
tienen idea cual es el plazo que tengo para interponer demanda, posterior al cierre de una mediacion (obviamente sin haber arribado a acuerdo)...
muchas graciasssssssssss
Leete el art. 28 decreto 91/98. En las mediaciones públicas la prescripción se suspende para todos los requeridos desde la presentacion del formulario en la cámara. Para las privadas desde la fecha de notificación de la audiencia por medio fehaciente y sólo para el destinatario.
El plazo de prescripción se reanuda a los 20 dias corridos de la fecha de cierre del acta de mediacion.
Si tu preguinta es por los honrarios del mediador, si despues de los 60 dias corridos de cerrar la medaicion sin acuerdo no inicaste la demanda, el mediador puede exigirte el pago a cuenta de $ 150 por honrarios.