Mi cliente fue excluído mediante una falsa denuncia por violencia familiar. Sin perjuicio de ello en la audiencia acordamos que no volveria al hogar por la violencia psicólogica existente, por lo que se alquiló un departamento. En la audiencia se acordó un regimen de visitas y una cuota alimentaria para los niños. Me preguntó si podia retirar de su ex hogar conyugal, donde actualmente viven la madre con sus hijos, algunas computadoras que el había adquirido con dinero propio, según me comento. En el juzgado donde se encuentra radicado el expediente me dijeron que los bienes que estan en la sede del hogar conyugal no se pueden utilizar ni retirar dado que al no existir juicio de divorcio de por medio no se sabe si los mismos son gananciales y/o propios por lo que no me dieron autorizacion para sacarlos. Existe una medida cautelar art. 233 C.C. que permite antes de la iniciación del juicio de divorcio realizar un inventario, embargo, deposito y secuestro del 50% de los bs. gananciales del cónyuge que solicita la medida. Ahora bien las preguntas son:
1) Mi cliente me dijo los bs. son propios, lo debo aclarar?, corresponde esta medida?
2) Estimo que esto hace como demanda independiente y por mandamiento correspondiente, alquien tiene un modelo del mismo y del mandamiento ?
Gracias.
1) Mi cliente me dijo los bs. son propios, lo debo aclarar?, corresponde esta medida?
2) Estimo que esto hace como demanda independiente y por mandamiento correspondiente, alquien tiene un modelo del mismo y del mandamiento ?
Gracias.