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  • PRESCRIPCION. ACTO INTERRUPTIVO

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 #156403  por LorenaVC
 
Consulta: demanda presentada el dia que prescribia. Setencia en contra por excepcion de inhabilidad de titulo.
Se puede volver a iniciar ? o esta prescrpto?

La consulta es porque en un juzgado ( el únicooooo!!!) me dijeron que el titulo no era habil para preparar la via y me rechazaron la demanda.
La puedo volver al ingresar?
Nadie me sabe contestar.
Muchas gracias

 #156427  por ramblernauta
 
Si la presentación de la demanda, aun defectuosa, interrumpe el curso de la prescripción. Y la interrupción implica volver a contar dede cero, quedando sin efecto el plazo transcurrido. Creo que no habría inconveniente.
Igual espera otras opiniones

 #156506  por LorenaVC
 
ramblernauta escribió:Si la presentación de la demanda, aun defectuosa, interrumpe el curso de la prescripción. Y la interrupción implica volver a contar dede cero, quedando sin efecto el plazo transcurrido. Creo que no habría inconveniente.
Igual espera otras opiniones
Gracias.
Mi duda es esa si defectuosa es igual a demanda rechazada ( sentencia firme)

 #156604  por ramblernauta
 
Estuve pensando, esta demanda defectuosa ya no es pasible de subsanación, no podrá cumplir con su cometido que es lograr el cumplimiento forzoso de la obligación. Así las cosas se borraría el efecto interruptivo, o mejor, no sería oponible al deudor como acto interruptivo.
Mañana voy a consultar doctrina al respecto y te contesto con más seguridad.

 #156618  por Sailaw
 
Y si era inhabil el titulo, como se puede intentar otra acción con idéntico titulo?, existe cosa juzgada.

 #156625  por ramblernauta
 
Sailaw escribió:Y si era inhabil el titulo, como se puede intentar otra acción con idéntico titulo?, existe cosa juzgada.
Dice que "La consulta es porque en un juzgado ( el únicooooo!!!) me dijeron que el titulo no era habil para preparar la via y me rechazaron la demanda." Supongo que debe querer intentar un proceso de conocimiento.
De todas maneras esperemos que ella lo aclare.

 #156860  por LorenaVC
 
ramblernauta escribió:
Sailaw escribió:Y si era inhabil el titulo, como se puede intentar otra acción con idéntico titulo?, existe cosa juzgada.
Dice que "La consulta es porque en un juzgado ( el únicooooo!!!) me dijeron que el titulo no era habil para preparar la via y me rechazaron la demanda." Supongo que debe querer intentar un proceso de conocimiento.
De todas maneras esperemos que ella lo aclare.
Exactamente! esa es la idea. Otros juicios con el mismo título en el juzgado que me rechazo la via, que todavia no habia notificado la demanda, las modifiqué y realice un cobro sumario de pesos. Asi los pude zafar.

 #157779  por ramblernauta
 
Art. 3.987. La interrupción de la prescripción, causada por la demanda, se tendrá por no sucedida, si el demandante desiste de ella, o si ha tenido lugar la deserción de la instancia, según las disposiciones del Código de procedimientos, o si el demandado es absuelto definitivamente.

En el mismo sentido se manifiesta el Dr. Marcelo U. Salerno, en su obra "Prescripción liberatoria y caducidad" ed. La Ley página 55/6 eqiparando la frase el demandado es absuelto definitivamente con "rechazo de la demanda".

 #157798  por BATUCHI
 
Bueno, pero acá no hay absolución del demandado sino rechazo in limine del juzgado...o se llegó a notificar al demandado?
 #157808  por ramblernauta
 
Lorena dijo,
LorenaVC escribió:Setencia en contra por excepcion de inhabilidad de titulo.
por eso entiendo que no fue un rechazo in limine.

De todas manera entiendo que, en uno u otro caso cabria la misma solución.

 #157872  por LorenaVC
 
BATUCHI escribió:Bueno, pero acá no hay absolución del demandado sino rechazo in limine del juzgado...o se llegó a notificar al demandado?
se notifico y se hizo lugar a excepcion de inhabilidad de ttulo

 #168211  por ramblernauta
 
De nada. Después contá como te fué.